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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (28/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2023 El Peruano / Artículo Quinto.- BENEFICIOS El Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Carabayllano – VPC otorga a los contribuyentes los siguientes bene fi cios: - Tarjeta VPC - CARD VIRTUAL. - Promociones y Descuentos en establecimientos comerciales a fi liados y centros de estudio (Universidades, Institutos, Cetpros u otros de similar naturaleza), sujetos a convenio vigente. - Atención preferencial en la Plataforma de Atención al Contribuyente de la Gerencia de Administración Tributaria y la Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. - Sorteo de premios.- Cartas de Reconocimiento y Felicitaciones. Artículo Sexto.- EXCLUSIÓN DEL PROGRAMA El acceso a los bene fi cios del Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Carabayllano – VPC se perderá cuando se incumpla con el pago de las obligaciones tributarias dentro de las fechas establecidas en cada vencimiento; se incurra en subvaluación de predios o infracción tributaria; o cuando se inicie un procedimiento contencioso tributario y éste se encuentre en trámite; pudiendo recuperar su condición de Vecino Puntual a partir del mes siguiente a la regularización de su condición. Asimismo, también serán excluidos del presente Programa, el Alcalde del Distrito, los Regidores del Concejo, los funcionarios, trabajadores nombrados, así como el personal contratado cualquiera fuera la modalidad de su contrato, así como los cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas anteriormente, de igual modo las Sucesiones Intestadas no inscritas en los Registros Públicos. Artículo Sétimo.- ÓRGANO RESPONSABLE El Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Carabayllano – VPC estará a cargo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, estando facultada para realizar las acciones necesarias para el desarrollo del Programa; para lo cual contará con el apoyo de la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo, Sub Gerencia de Participación Vecinal, Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, Sub Gerencia de Imagen Institucional, Sub Gerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y demás unidades orgánicas de acuerdo a sus funciones y competencias. La Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva deberá elaborar el Reglamento que establezca las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación del Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Carabayllano – VPC, la misma que será aprobada mediante Decreto de Alcaldía. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de día siguiente de su publicación, hasta el 31 de Diciembre del 2023. Segunda .- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva; Gerencia de Administración y Finanzas; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; Gerencia de Desarrollo Económico Local y Turismo; y, demás órganos competentes. Tercera .- ENCARGAR a la Subgerencia de Imagen Institucional y Sub Gerencia de Participación Vecinal, la difusión del contenido de la presente Ordenanza; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe y a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Cuarta .- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2190971-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 457-MDCH, “Ordenanza que establece el régimen especial de beneficios tributarios en el distrito de Chorrillos” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2023/MDCH Chorrillos, 19 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; VISTOS: El Memorándum Nº738-2023-MDCH/GM, de fecha 19 de junio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; El Informe Nº204-2023-MDCH-GAJ, de fecha 13 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Informe Nº221-2023-MDCH-GAT, de fecha 12 de junio de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Nº1139-2023-MDCH-GAT-SGR, de fecha 12 de junio de 2023, emitido por la Subgerencia de Rentas, respecto a la propuesta de Prórroga de Fecha de Vencimiento de la Ordenanza Nº457-MDCH, Ordenanza que establece el Régimen Especial de Bene fi cios Tributarios en el Distrito de Chorrillos, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el segundo párrafo del Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42° de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza N°457-MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 16 de marzo del 2023, se estableció otorgar bene fi cios tributarios en el Distrito de Chorrillos, a fi n motivar a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias, asimismo con Decreto de Alcaldía Nº 004-2023-MDCH de fecha 12 de abril de 2023, se prorroga la ordenanza Nº457-MDCH, hasta el 30 de junio del 2023. Que, en la quinta disposición complementaria de la Ordenanza N°457-MDCH se dispuso la facultad al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante Informe N°1139-2023-MDCH-GAT- SR e Informe N°221-2023-MDCH-GAT, de fecha 12