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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2023 (10/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 10 de marzo de 2023 El Peruano / 18, 20 y 23 del Reglamento también hace referencia a la Central” Se considera que la referencia a socios de una COOPAC en los numerales 7, 13 y 18 del artículo 2, párrafo 3.1 del artículo 3, numeral 1 del artículo 7, numerales 2 y 8 del párrafo 8.1 del artículo 8, párrafo 8.3 del artículo 8 y el literal a) del párrafo 23.2 del artículo 23 del Reglamento también hace referencia a los socios de una COOPAC asociada la a Central.” Artículo Segundo.- Modi fi car el procedimiento N° 179 “Autorización para constituir un patrimonio autónomo de seguro de crédito y ampliación de autorización para ofrecer coberturas adicionales” en el Texto único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018, conforme al texto que se adjunta a la presente Resolución y se publica en el Portal institucional (www.sbs.gob.pe). Artículo Tercero.- Modi fi car los Manuales de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de Nivel 1, 2 y 3, aprobados por Resolución SBS N° 577-2019 y sus modi fi catorias, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS y sus modi fi catorias. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, excepto lo establecido en el Artículo Tercero que entra en vigencia a partir de la información correspondiente del mes de febrero 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2158555-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Designan responsable de entregar información de acceso público del Gobierno Regional de Ancash RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 020-2023-GRA/GR Huaraz, 16 de enero de 2023VISTO:La Resolución Ejecutiva Regional N° 415-2022- GRA/GR de fecha 16 de agosto de 2022, la Resolución Ejecutiva Regional N° 002-2023-GRA/GR de fecha 03 de enero de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 30305, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, consagra que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Credencial de fecha 24 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, se reconoce como Gobernador del Gobierno Regional de Ancash, periodo de gobierno regional 2023 – 2026, a Fabián Koki Noriega Brito, con todas las facultades que para cuyo efecto le con fi ere la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, señala como fi nalidad de la citada Ley, promover la trasparencia de los actos del estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, los literales b) y c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 070-2013- PCM, donde se establece que, es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; y, al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 4° del Reglamento a que se re fi ere el considerando precedente, establece la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Porta, se efectuara mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; señalando que la Entidad colocará copia de la resolución de designación en el lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, el literal m) del artículo 54° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR, modi fi cado parcialmente mediante la Ordenanza Regional N° 007-2021-GRA/CR, señala que, una de las funciones de la Secretaria General es: “Atender las solicitudes de acceso a la información pública, siempre que el Gobernador Regional no haya delegado la responsabilidad a otro funcionario o servidor público”; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 415-2022-GRA/GR de fecha 16 de agosto de 2022, en su artículo segundo, se resolvió: “DESIGNAR con e fi cacia anticipada al 18 de julio de 2022, al Abogado JOSÉ MANUEL GONZALES GONZALEZ Secretario General del Gobierno Regional de Ancash, como el funcionario responsable de entregar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias”; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 002-2023-GRA/GR de fecha 03 de enero de 2023, en su artículo primero, resolvió: “DAR POR CONCLUIDA la designación del abogado José Manuel Gonzales González en el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo II – Secretario General del Gobierno Regional de Ancash” (…) y en su artículo segundo, resolvió, “DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado Fredy Russmelt Álvaro Tarazona en el cargo de con fi anza de Secretario General del Gobierno Regional de Ancash, con los derechos y obligaciones al cargo”; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al nuevo funcionario responsable de entregar la Información de Acceso Público del Gobierno Regional de Ancash; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y la Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR y sus modi fi catorias que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° sobre e fi cacia anticipada del Texto Único