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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2023 (10/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 10 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo Noveno.- DISPONER, que la O fi cina de Comunicaciones/Relaciones Públicas, publique la presente Ordenanza en los medios disponibles por el Gobierno Regional de La Libertad. Artículo Décimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Undécimo.- Déjese sin efecto la Ordenanza Regional Nº 006-2015-GR-LL/CR de fecha 26 junio de 2015 y la Ordenanza Regional Nº 001-2016-GRLL/CR de fecha 04 febrero de 2016, así como toda disposición que contravenga o sea contraria a la presente ordenanza. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo RegionalGobierno Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los treintaiún días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernador RegionalGobierno Regional La Libertad 2158700-1 Declaran de Prioridad e Interés Regional la Conservación de la especie Aglaeactis Aliciae “Colibrí de Alicia”, su ecosistema, y promueven la protección y uso sostenible de este recurso natural en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000026-2022-GRLL-CR Trujillo, 28 de diciembre del 2022 “DECLARAR DE PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL LA CONSERVACIÓN DE LA ESPECIE AGLAEACTIS ALICIAE “COLIBRÍ DE ALICIA”, SU ECOSISTEMA, PROMOVER LA PROTECCIÓN Y USO SOSTENIBLE DE ESTE RECURSO NATURAL EN LA REGIÓN LA LIBERTAD” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192 de la Constitución Política del Perú de 1993, Modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modi fi catoria Ley Nº27902, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, Ha aprobado la siguiente Ordenanza RegionalVISTO:En Sesión Extraordinaria Presencial de fecha 28 diciembre del 2022, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N°00047-2022-GRLL/CR-CRNPA, con el cual remite el Dictamen N° 005-2022-GRLL/CR-CRNPA, emitido por la Consejera Regional Mirtha Margot Higa Urquiaga Presidente de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente del Consejo Regional, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional formulado por la Consejera Regional Milagros Jennifer Catalan Corman relativo a “Declarar de Prioridad e Interés Regional la Conservación de la especie Aglaeactis aliciae “Colibrí de Alicia”, su ecosistema, promover la protección y uso sostenible de este recurso natural en la Región La Libertad”, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en el artículo 10° numeral 1, inciso m) que los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para “Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes”; Que, asimismo en el numeral 2, inciso c) señala que son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales la “Promoción, Gestión y Regulación de las actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente”; Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15°, Inc. “a” de la Ley N° 27867 que señala: Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, los Arts. 66° y 68° de la Constitución Política del Estado, expresa que los recursos naturales, renovables y no renovables son patrimonio de la Nación, que siendo obligación del Estado el de promover la conservación de la diversidad biológica y de las aves naturales protegidas, norma que tiene concordancia con la Ley N° 26839 y demás Leyes complementarias; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2004-AG, se aprueba la categorización de especies de fauna silvestre y prohíben su caza, captura, tenencia, transporte o exportación con fi nes comerciales, encontrándose entre ellos el venado cenizo - Mazama gouazoubira y el colibrí cola de espátula – Loddigesia mirabilis – Colibrí maravilloso, ambas especies en vías de extinción; Que, por Ley N° 28477 de fecha 24-03-2005, mediante la cual se declara a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas patrimonio natural de la Nación, Ley en la que se consigna a diversidad de especies de animales, dentro de ellas no habiéndose considerado al “Colibrí de Alicia”, que se encuentran en condición Vulnerable (VU) con amenaza de peligro de extinción, constituyendo el colibrí una de las aves más atractivas de la Región La Libertad por sus características especiales, debiendo emitirse una norma que declare a la mencionada especie de Interés Regional para su conservación y protección, asimismo, solicitar a la Presidencia del Congreso de la República se incluya en la precitada Ley al “Colibrí de Alicia” para su protección y conservación de la misma; Que, el “Colibrí de Alicia” es un colibrí endémico de la cuenca alta del Marañón, departamento La Libertad, donde se encuentra en tres lugares de la zona templada (c. 3000–3500 m), (Lambert & Angulo 2007) en una vegetación dominada por arbustos montanos y árboles, conocido también como “Colibrí de Alicia” o “Rayo de sol de dorso púrpura”. Que el “Colibrí de Alicia’’ es más