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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2023 (22/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de marzo de 2023 El Peruano / Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con las visaciones del Archivo General de la Nación y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Acta del juramento de la independencia de la ciudad de Trujillo (1821), custodiado por el Archivo Regional de La Libertad, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Archivo General de la Nación y al Archivo Regional de La Libertad, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2161785-1 DEFENSA Autorizan a la Marina de Guerra del Perú a efectuar pagos a oficial por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0232-2023-DE Lima, 20 de marzo de 2023 VISTOS: El O fi cio Nº 1203/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00625-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00397-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial N° 1018-2019 DE/ MGP del 12 de agosto de 2019, se autorizó el viaje al exterior en misión de estudios del entonces Cadete de Primer Año Julio Roberto CANAZA FAJARDO para que participe en el curso de Formación de Cadetes, en la Academia Naval de Livorno, ubicada en la ciudad de Livorno, República Italiana, del 23 de setiembre de 2019 al 30 de marzo de 2024; Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina N° 0731-2022 COMGEMAR (C), del 29 de diciembre de 2022, se otorgó al citado personal militar el grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, con fecha 1 de enero de 2023; Que, el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, establece que los Cadetes o alumnos de las Escuelas Técnicas que continúen sus estudios en el extranjero, cuando su promoción en el Perú, a la cual originalmente pertenecen, obtengan su graduación, percibirán la compensación económica correspondiente a su nuevo grado; Que, a través del Informe Legal Nº 010-2023/AS-DGE, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Alférez de Fragata al citado personal, con fecha 1 de enero de 2023, resulta viable autorizar el incremento del pago por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, a favor del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, mediante O fi cio N° 1203/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita a este Ministerio autorizar el incremento del pago a favor del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, debido a que continúa realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata; Que, de acuerdo con la Exposición de Motivos, suscrita por la Jefatura de la Secretaría del Secretario del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, resulta necesario modi fi car el dispositivo legal que autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal naval, respecto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, lo cual le permitirá culminar satisfactoriamente su formación profesional, aplicando posteriormente los conocimientos adquiridos durante su carrera naval en provecho de la Institución Armada; Que, conforme a la Hoja de Gastos Nº 019-2023, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, se detalla el gasto por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero que se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 020-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; Que, a través de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000004, emitida por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior, durante el año 2023; Que, con O fi cio Nº 1203/52 , la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remite un proyecto de resolución ministerial que autoriza a la Marina de Guerra del Perú a efectuar el incremento del pago de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo a su presupuesto institucional