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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2023 (22/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de marzo de 2023 El Peruano / la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2162359-1 Establecen plazo para que los titulares de los contratos de concesiones para forestación y/o reforestación puedan adecuarse a las modalidades previstas en el numeral 6.2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/DE, que aprueba los “Lineamientos para la adecuación de las concesiones para forestación y/o reforestación” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000077-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 21 de marzo del 2023VISTO: El Memorando N° D000171-2023-MIDAGRI- SERFOR-DGPCFFS, emitido por Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico N° D000080-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° D000136-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI); Que, el artículo 14 de la citada Ley, establece como una de las funciones del SERFOR, el emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, de acuerdo al artículo 5 del Anexo del Decreto Supremo N° 011-2016-MIDAGRI, que aprueba las “Disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre”, se establece que los titulares de contratos para forestación y reforestación pueden adecuarse a las modalidades de concesión establecidas en los Reglamentos de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, a excepción de la modalidad de concesiones con fi nes maderables. Asimismo, faculta al SERFOR aprobar normas complementarias que regulen las condiciones y plazos para la adecuación de los contratos de forestación y reforestación a la legislación vigente; Que, en el marco de lo expuesto, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 274- 2017-SERFOR-DE, de fecha 02 de noviembre de 2017, se aprobaron los “Lineamientos para la adecuación de las concesiones para forestación y/o reforestación”, que establece, entre otros, en su numeral 6.2 las modalidades de concesión a las que se pueden adecuar y el plazo de un (1) año, contados a partir del día siguiente, para que soliciten su adecuación, el mismo que se encuentra vencido; Que, posterior a ello, mediante las Resolución de Dirección Ejecutiva N° 186-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, de fecha 20 de setiembre de 2019, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, se estableció el plazo de un (1) año, contado a partir del siguiente de su publicación, a efectos de que los titulares soliciten la adecuación, siendo que a la fecha dicho plazo se encuentra vencido; Que, en ese tenor, mediante el documento del Vistos, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, mani fi esta su conformidad respecto del Informe Técnico N° D000080-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR el cual sustenta y propone la “Resolución de Dirección Ejecutiva que establece el plazo de tres (3) años, para que los titulares de los contratos de concesiones para forestación y/o reforestación puedan adecuarse a las modalidades de concesión previstas en el numeral 6.2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/DE” , teniendo en consideración que aún existen titulares interesados en solicitar la adecuación de sus concesiones a la legislación vigente; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal del Vistos y bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico N° D000080-2023-MIDAGRI-SERFORDGPCFFS-DPR, concluye que la citada propuesta se encuentra amparada en el Decreto Supremo N° 011-2016-MINAGRI; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión de Plantaciones Forestales y Sistemas Agroforestales, por lo que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que establece el plazo de tres (3) años, para que los titulares de los contratos de concesiones para forestación y/o reforestación puedan adecuarse a las modalidades de concesión previstas en el numeral 6.2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/DE; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, el Decreto Supremo Nº 011-2016-MINAGRI que aprueba Disposiciones para promover la formalización y adecuación de las actividades del sector forestal y de fauna silvestre, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecer el plazo de tres (3) años, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para que los titulares de los contratos de concesiones para forestación y/o reforestación puedan adecuarse a las modalidades previstas en el numeral 6.2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/DE, que aprueba los “Lineamientos para la adecuación de las concesiones para forestación y/o reforestación”. Artículo 2.- Las condiciones establecidas en los “Lineamientos para la adecuación de las concesiones para forestación y/o reforestación” aprobados por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/ DE, son aplicables para la atención de las solicitudes de adecuación. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, adopte las acciones necesarias para la difusión de la presente Resolución y de los “Lineamientos para la adecuación de las concesiones para forestación y/o reforestación”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 274-2017-SERFOR/DE, que permitan su aplicación conjunta. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal