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117 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de mayo de 2023 El Peruano / b) Por su ejecución coactiva; c) Por muerte del infractor;d) Por subsanación de la conducta infractora; y,e) Regularización de la conducta infractora. Artículo 55.- CONSECUENCIA DE LA EXTINCIÓN DE LA MULTA La extinción de la multa administrativa no exime al infractor de la obligación de subsanar o adecuar la conducta infractora. Asimismo, la subsanación o adecuación de la conducta infractora posterior a la imposición de la multa administrativa, no exime al infractor del pago de la misma. TÍTULO VII BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo 56.- BENEFICIO PARA EL PAGO DE LA MULTA DETERMINADA EN LA RESOLUCIÓN DE SANCIÓN El infractor puede acceder al bene fi cio de pago con descuento del 50% de su valor, si la cancela dentro de los quince (15) días hábiles de noti fi cada la Resolución de Sanción. Vencido el plazo indicado, se perderá dicho bene fi cio. Si ha presentado recurso alguno tiene que presentar un expediente de desistimiento para que tenga derecho a dicho bene fi cio. El pago de la multa, aun cuando el infractor se acoja al bene fi cio antes detallado, no exime el cumplimiento de las sanciones de naturaleza no pecuniaria o medidas correctivas, en tanto el sancionado no demuestre que ha adecuado su conducta a las disposiciones administrativas municipales. Asimismo, el pago de la multa administrativa prescrita no da derecho a solicitar la devolución y/o compensación de lo pagado. 2177921-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Convocan a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2023/MDPN Punta Negra, 4 de mayo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTOEl Informe N° 241-2023-GAJ/MDPN de fecha 04 de mayo del 2023, el Informe N° 0189-2023-SGPPYR- GAF/MDPN, de fecha 02 de mayo del 2023, el Memorándum N° 282-2023-GM/MDPN de fecha 26 de abril del 2023 y la Ordenanza Municipal N° 006-2023/MDPN que aprueba el “Reglamento Marco para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra”. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley N° 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la Ley N° 27783, Ley Bases de la Descentralización, en el numeral 17.1 del artículo 17° prescribe que “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”. Que, la Ley N.º 31433, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 06 de marzo de 2022, modi fi ca algunos artículos de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modi fi ca su numeral 36 del artículo 20º, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local; Que, asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119- A a la Ley N.º 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Es así que mediante Ordenanza Municipal N.º 006-2023/ MDPN se aprueba el “Reglamento Marco para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra”. Que, en esa línea mediante el Memorándum N° 282- 2023-GM/MDPN de la Gerencia Municipal, sustenta la propuesta de convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra; Que, mediante el Informe N.º 241-2022-GAJ/MDPN de la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del Decreto de alcaldía que tiene como objeto convocar a la primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, a realizarse el día 31 de mayo de 2023, en modalidad presencial. En ese contexto, estando a las consideraciones precedentes y en uso de la facultad conferida en el numeral 6 del artículo 20°de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades SE DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, conforme se detalla a continuación: ACTIVIDAD FECHAS Y DESCRIPCIÓN Día y hora de Audiencia: Miércoles, 31 de mayo de 2023, a las 17:00 horas Lugar: Plaza de Armas de Punta Negra Agenda:Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra Modalidad de la audiencia:Presencial Cronograma de ActividadesConstitución y Reuniones del Equipo Técnico Municipal encargado de la Recopilación de Información a difundir – del 09 al 15 de mayo del 2023. Difusión de la convocatoria a través de los medios informáticos y audio visuales disponibles – del 11 al 30 de mayo del 2023 Inscripción de participantes debiendo cumplir los requisitos establecidos en el reglamento - del12 al 29 de mayo del 2023. Publicación de Lista de Participantes (Gerencia de Desarrollo Social) – el 30 de mayo del presente Elaboración del Informe Técnico Final de la Rendición de Cuentas - el 05 de junio del 2023 Publicación de los Resultados – 09 de junio del 2023 Evaluación Interna - 12 de junio del 2023.