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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (04/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 4 de noviembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al exterior del señor Felipe Alfredo Chacón Tapia, Gerente de Prevención y Control Social, a la ciudad de París, República Francesa, del 04 al 09 de noviembre de 2023, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: viáticos por un importe de US$ 1,080.00, y gastos de instalación por un importe de US$ 1,080.00. Asimismo, en el marco de la ejecución del Contrato N° 151-2023-CG, los pasajes aéreos tiene un importe de: S/ 8,887.96. Artículo 3.- El citado funcionario presentará al Despacho del Contralor General de la República, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2231540-1 Formalizan la creación de tres Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado, en el Pliego 019: Contraloría General RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 376-2023-CG Lima, 3 de noviembre de 2023 VISTOS: La Hoja Informativa N° 000597-2023-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando N° 000730-2023-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000872-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 001002-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera, teniendo por misión dirigir y supervisar con e fi ciencia y efi cacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, de acuerdo al artículo 14 de la citada Ley N° 27785, esta Entidad Fiscalizadora Superior, en su calidad de ente técnico rector, organiza y desarrolla el control gubernamental en forma descentralizada y permanente, el cual se expresa con la presencia y accionar de los órganos de control en cada entidad pública de los niveles central, regional y local;Que, conforme a lo señalado en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Unidad Ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la O fi cina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces; Que, mediante el artículo 21 de la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, se autoriza la creación, durante el Año Fiscal 2023, de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General, disponiendo que para este fi n se exonera al Pliego 019, de lo establecido en el artículo 68 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que regula los criterios para la creación y el cierre de unidades ejecutoras; Que, a través del Memorando Nº 000730-2023-CG/ GMPL, la Gerencia de Modernización y Planeamiento remite la Hoja Informativa N° 000597-2023-CG/PLPREPI, a través de la cual la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, en el marco de sus funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado con Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG y modi fi catorias, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, propone formalizar la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General, conforme a lo autorizado en el artículo 21 de la Ley N° 31912, así como disponer medidas para su implementación; Que, de acuerdo a los literales a), b) y c) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Contralor General de la República cuenta con las facultades para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior, así como para planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y los órganos del Sistema Nacional de Control, y dictar las normas y disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 001002-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000872-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo por el cual se formaliza la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado en el Pliego 019: Contraloría General, y se dictan medidas para su implementación, atendiendo a la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado, en el Pliego 019: Contraloría General, conforme al siguiente detalle: - Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, con sede administrativa en la Gerencia Regional de Control de Piura. - Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro, con sede administrativa en la Gerencia Regional de Control de Huánuco.