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57 NORMAS LEGALES Sábado 4 de noviembre de 2023 El Peruano / avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Elizabeth Doris López Cervantes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Santa Anita - Ate, así como su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 3742-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 27 de diciembre de 2019 y 04 de septiembre de 2020, respectivamente. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Elizabeth Doris López Cervantes, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”. Artículo Cuarto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021; así como en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Este, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2231477-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban la modificación del Estatuto Social de Caballero Coveñas Hermanos Corredores de Seguros S.A.C. por el cambio de denominación social a Gestiona Corredores de Seguros Sociedad Anónima Cerrada, pudiendo utilizar la denominación abreviada Gestiona Corredores de Seguros S.A.C. RESOLUCIÓN SBS Nº 03537-2023 Lima, 25 de octubre de 2023EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS VISTA:La solicitud presentada por la empresa CABALLERO COVEÑAS HERMANOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con Registro Nº J-0832, para que se le autorice la modi fi cación de su Estatuto Social; CONSIDERANDO:Que, en Junta General de Accionistas de fecha 11.10.2023, se acordó por unanimidad la modi fi cación del artículo tercero como consecuencia del aumento del capital social por aporte en efectivo, y la modi fi cación del artículo primero del Estatuto Social, referido al cambio de denominación social de la empresa CABALLERO COVEÑAS HERMANOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C a GESTIONA CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA pudiendo utilizar la denominación abreviada GESTIONA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C.; Que, de conformidad con el artículo 9º del Reglamento de Supervisión y Control de los Auxiliares y Corredores de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 809-2019 (en adelante Reglamento), las modi fi caciones estatutarias relacionadas con cambios del objeto social, de la denominación social, la disminución de capital y los aumentos del capital social, exceptuados en este último caso, los realizados por aportes en efectivo o capitalización de reservas y utilidades, deben contar con la aprobación previa de la Superintendencia, sin la cual no procede su inscripción en los Registros Públicos; Que, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 9º del Reglamento, el aumento de capital social por aportes en efectivo no requiere de autorización por parte de esta Superintendencia; Que, por otro lado, con relación al acuerdo de la modi fi cación de la denominación social, la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento; así como en el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, sus modi fi catorias y en el TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar en los términos propuestos, la modi fi cación del Estatuto Social de la empresa CABALLERO COVEÑAS HERMANOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C con Registro Nº J-0832 por el cambio de denominación social a GESTIONA CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA pudiendo utilizar la denominación abreviada GESTIONA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C.; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase copia de la Minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Artículo Segundo.- La Presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAUL RODDY PASTOR MEJIA Jefe del Departamento de Registros 2228755-1