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39 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de noviembre de 2023 El Peruano / Directivo que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR- GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que contiene en sus numerales 6.3.1.4, 6.3.1.5, 6.3.1.6 y su Tercera Disposición Complementaria Final, disposiciones sobre el cálculo para el tope de servidores de con fi anza para las entidades públicas, así como el procedimiento para autorizar la excepción al tope de servidores de con fi anza; Que, en ese marco normativo, a través de los Informes Técnicos N° 000190-2023-SERVIR-GDSRH y N° 000206-2023-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos sustenta la necesidad de aprobar los “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de con fi anza”, con el objeto de desarrollar los criterios y el procedimiento que permitan evaluar las solicitudes de excepciones al tope de servidores de con fi anza; asimismo, señala que, con la aprobación de los lineamientos propuestos, corresponde dejar sin efecto los numerales 6.3.1.4, 6.3.1.5 y 6.3.1.6, así como la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, con Informe Técnico N° 001497-2023-SERVIR- GPGSC e Informe N° 000426-2023-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil emite opinión favorable a la propuesta de “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confi anza”, precisando que su aprobación permitirá que SERVIR cuente con mejores herramientas para el ejercicio de sus responsabilidades en la materia, estableciendo criterios transparentes y objetivos; Que, mediante el Informe Legal N° 000419-2023-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable continuar con el trámite de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR, del proyecto de Directiva “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de con fi anza”, así como la decisión de dejar sin efecto los numerales 6.3.1.4, 6.3.1.5, 6.3.1.6 y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, con Memorando N° 000228-2023-SERVIR- GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, comunica que en la Sesión N° 025-2023-CD, dicho Consejo aprobó el proyecto de Directiva “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de con fi anza”; asimismo, aprobó dejar sin efecto los numerales 6.3.1.4, 6.3.1.5, 6.3.1.6 y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, mediante Hoja Informativa N° 00090-2023-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable formalizar los acuerdos citados en el considerando precedente, a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modi fi catorias; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y, el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, y modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en Sesión N° 025-2023-CD, mediante el cual se aprueban los “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confi anza”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en Sesión N° 025-2023-CD, mediante el cual se deja sin efecto los numerales 6.3.1.4, 6.3.1.5, 6.3.1.6 y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y de su Anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.ANA ISABEL PARI MORALES Presidenta Ejecutiva Consejo Directivo 2232521-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Artículo 127 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA RESOLUCIÓN N° 0501-2023/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:29 de septiembre de 2023ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Ministerio de SaludNORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Artículo 127 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo 014-2011-SA. BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: (i) La exigencia de renovar periódicamente el Certi fi cado de Buenas Prácticas de O fi cina Farmacéutica con anticipación a los 6 meses y a los 3 años de vigencia,