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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de noviembre de 2023 El Peruano / VISTOS: El Informe N° 1590-2023-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe Legal N° 1028-2023-ANA-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural N° 0295-2023- ANA, publicada con fecha 16 de octubre de 2023, se designó, a la señora Carola Liliana Bustamante Rosales, en el cargo de con fi anza de Subdirectora de la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Agua, quien ha renunciado al cargo, viéndose por conveniente aceptar y designar a su reemplazante; Que, la Unidad de Recursos Humanos, en respuesta al Memorando N° 0859-2023-ANA-GG, al evaluar el perfil profesional de la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino mediante Informe de Vistos, indica que cumple con el perfil establecido en el Manual de Clasificador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 0079-2022-ANA-GG y sus modificatorias, para ostentar el cargo de confianza de Subdirectora de la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Agua; opinando, a su vez, por su viabilidad legal, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal de Vistos; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General; de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, en uso de las facultades previstas por el literal k del Art. 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptación de Renuncia Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora Carola Liliana Bustamante Rosales, al cargo con fi anza de Subdirectora de la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Agua, agradeciéndole por los servicios prestados. Artículo 2.- Designación Designar, a partir de la fecha, bajo el Régimen Laboral Especial de la Contratación Administrativa de Servicios, establecida por el Decreto Legislativo N° 1057 y sus modi fi catorias, a la señora Evelin Rosario Camacho Lagomarcino, en el cargo de con fi anza de Subdirectora de la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a los profesionales citados en los artículos precedentes, así como a la Unidad de Recursos Humanos para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de este acto administrativo en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese,JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Jefe 2232408-1AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Formalizan acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, mediante el cual se aprueban los “Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de confianza” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000214-2023-SERVIR-PE Lima, 7 de noviembre de 2023 VISTOS: Los Informes Técnicos N° 000190-2023- SERVIR-GDSRH y N° 000206-2023-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando N° 000574-2023-SERVIR- GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico N° 001497-2023-SERVIR- GPGSC e Informe N° 000426-2023-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando N° 000228-2023-SERVIR-GG de la Gerencia General, el Informe Legal N° 000419-2023-SERVIR-GG- OAJ y Hoja Informativa N° 00090-2023-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública; Que, el artículo 2 de la acotada norma legal, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción; Que, el artículo 6 de la referida Ley N° 31419, regula que el número de servidores de con fi anza en ningún caso es mayor al cinco por ciento (5%) del total de cargos o puestos previstos por la entidad pública en su cuadro para asignación de personal o cuadro de puestos de la entidad, según corresponda; con un mínimo de dos (2) y un máximo de cincuenta (50) servidores de con fi anza, correspondiendo al titular de la entidad pública la determinación de la ubicación de los servidores de con fi anza; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que la entidad pública puede solicitar excepción únicamente al tope de cincuenta (50) servidores/as de con fi anza, siempre que no exceda el tope máximo del cinco por ciento (5%) de cargos o puestos de la entidad, precisando que corresponde a SERVIR evaluar las solicitudes de excepción respecto a la cantidad de cargos o puestos de la entidad y, en base a ello, determina los puestos a ser exceptuados; asimismo, el artículo 32 del mismo cuerpo legal establece que SERVIR aprueba las referidas solicitudes de excepción, a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo