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91 NORMAS LEGALES Jueves 16 de noviembre de 2023 El Peruano / VISTO: El Reporte Nº 045-2023-GRJ/GGR, de 01 de junio de 2023; Proveído de Gerencia General Regional; Informe Nº 095-2023-GRJ-ORAJ, de 24 de mayo de 2023; Memorando Nº 416-2023-GRJ/GGR, de 19 de abril de 2023; Informe Técnico Nº 017-2023-GRJ/GGR/ORDITI, de 13 de abril de 2023; y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 27680 - Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, respecto a la Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Articulo Único de la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el artículo 53º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de un programa o proyecto especial, a través de la cual se agrupan las funciones entre sus unidades funcionales, estableciendo las líneas de dependencia. b) Formaliza la estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando así corresponda; Que, el artículo 54º Estructura del MOP - El MOP contiene títulos, capítulos y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología que se detallan a continuación: a) Título Primero de las Disposiciones Generales. En este título de desarrolla: 1. Finalidad, 2. Naturaleza Jurídica, 3. Entidad a la que pertenece, 4. Funciones Generales, 5. Base Legal; se re fi ere a su norma de creación y la normativa sustantiva complementaria aplicable. b) Título Segundo: La Estructura. En este título se desarrolla la estructura, indicando los tipos de unidades de organización que la componen, sus funciones y la interrelación interna y externa de estos. c) Titulo Tercero: Procesos. Descripción de los Procesos Estratégicos, Operativos o Misionales y de Soporte o de Apoyo, debiendo señalar la unidad responsable de cada proceso y las relaciones de coordinación o articulación internas y externas. d) Anexo. Organigrama que re fl eje la estructura; Que, el artículo 55º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 La propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, y el numeral 55.2 menciona que el MOP se aprueba por Decreto Regional en el caso de los Gobiernos Regionales; Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Infraestructura con autonomía administrativa, constituyéndose para su administración económica y fi nanciera como unidad ejecutora; Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, presenta el Manual de Operaciones MOP, como un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza su estructura orgánica al interior del órgano desconcentrado que por la magnitud de sus operaciones o por su naturaleza requiere de una organización interna permanente y que le permitirá plani fi car, organizar, dirigir, controlar, fi scalizar y regular actividades en materia de transporte, promoviendo el desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones y el acceso universal a los mismos, a fi n de mejorar la calidad de las personas en el ámbito jurisdiccional del Departamento de Junín; Que, con Informe Técnico Nº 017-2023-GRJ/GGR/ ORDITI, de fecha 13 de abril del 2023, la O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información ORDITI, remite el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, a la Gerencia General Regional, opinando que es procedente su aprobación, el mismo que se encuentra enmarcado dentro de los criterios técnicos y Lineamientos de Organización del Estado Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131- 2018-PCM, asimismo cuenta con el Informe Técnico que justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación de la propuesta del MOP; Que, mediante Opinión Legal Nº 095-2023-GRJ/ORAJ, de fecha 24 de mayo del 2023, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Junín, señala que, efectuada la evaluación legal, resulta viable la aprobación de la propuesta del Manual de Operaciones MOP, de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Junín, previa emisión del acuerdo de Directorio de Gerencia General, conforme prevé el articulo 40º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobierno Regionales; Que, estando a los documentos que conforman el expediente administrativo, que dio origen a la presente Decreto Regional y contando con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, y la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 37º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y modi fi catoria, Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y al amparo del literal d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones MOP de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, el mismo que consta de cinco (05) títulos, seis (06) capítulos, cincuenta y nueve (59) artículos y tres (03) anexos, que en calidad de Anexo forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE Y DÉJESE SIN EFECTO, el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 129-2012-GRJ/CR, de fecha 03 de abril del 2012, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional. Artículo Tercero.- DISPONER, la Publicación del presente Decreto Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la región, en el portal web institucional y en el portal de transparencia estándar del Gobierno Regional Junín. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, la formulación de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P en un plazo de sesenta (60) días hábiles. Artículo Quinto.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura y a los órganos competentes del Gobierno Regional Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Gobernador Regional 2224350-1