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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (24/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 123

123 NORMAS LEGALES Viernes 24 de noviembre de 2023 El Peruano / la realización de actividad denominada “MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023”, a realizarse el día 24 de noviembre del presente año, según Informe Nº 000039-2022/RRCC/MDM; ello conforme a la documentación obrante y lo sustentado en la parte considerativa de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Jefatura de Unidad de Registro Civil, realice las coordinaciones necesarias con las áreas competentes para la ejecución de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la noti fi cación de la presente Ordenanza Municipal a Gerencia Municipal; y a la Unidad de Registro Civil para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Sistemas e Informática la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JENRY F. HUISA CALAPUJA Alcalde 2237848-1 Ordenanza Municipal que otorga la Amnistía Tributaria 2023, para los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Majes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 025-2023-MDM Majes, 16 de noviembre de 2023.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión Extraordinaria Virtual de la fecha; y, VISTO: Dictamen N° 0039-CORIECRYD-2023-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Institucional Educación, Cultura, Recreación y Deportes; Informe N° 00000576-2023/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe N° 00000277-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 00000735-2023/CRYAC/SGAT/MDM del Departamento de Control, Recaudación y Autorizaciones Comerciales; y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo establecido por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente ; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo el artículo 41º de la misma norma indica que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, acuerdos que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o una norma institucional; Que, el artículo 40° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades menciona “(…) Mediante ordenanzas, se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley”; Que, el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo 113-2013-EF, dispone: “La deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar el tributo”; Que, el Informe N° 00000735-2023/CRYAC/SGAT/ MDM del Departamento de Control, Recaudación y Autorizaciones Comerciales, realiza un análisis del informe para establecer un régimen excepcional de bene fi cios sobre deudas tributarias para el pago de impuesto predial, arbitrios municipales y multas tributarias con la fi nalidad de establecer un régimen de bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de Majes, sin distinción del uso de predios y cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentran dichas obligaciones con lo cual remite informe a la Sub Gerencia de Administración Tributaria para que la ordenanza municipal que otorga la amnistía tributaria 2023 para los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de Majes sea evaluada y pueda ser aprobada mediante sesión de concejo; Que, con Informe N° 00000277-2023/SGAT/MDM de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, se realiza un análisis sobre la propuesta de Ordenanza de Amnistía Tributaria que tiene como fi nalidad el incentivar el pago de las deudas de ejercicio fi scal pasadas, con la cual deriva al despacho de Gerencia Municipal para continuar con los trámites administrativos correspondientes; Que, el Informe N° 00000576-2023/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, después de los antecedentes, base legal y análisis correspondiente, es que esta Sub Gerencia es de la opinión que se ponga a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su deliberación, para que en uso de sus atribuciones decida sobre la aprobación de la propuesta del Departamento de Control, Recaudación y Autorizaciones Comerciales sobre la Ordenanza Municipal que otorga la “Amnistía Tributaria 2023, para los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de Majes” ; Que, el Dictamen N° 0039-CORIECRYD-2023-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Institucional Educación, Cultura, Recreación y Deporte, es de opinión en declarar PROCEDENTE por mayoría aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que otorga la “Amnistía Tributaria 2023, para los contribuyentes de la jurisdicción del Distrito de Majes”; Que, el artículo 9º, numeral 9) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal la de crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y a la votación por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA LA AMNISTÍA TRIBUTARIA 2023, PARA LOS CONTRIBUYENTES DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE MAJES Artículo N° 1.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por fi nalidad reducir el índice de morosidad de las deudas, así como establecer un régimen excepcional de bene fi cios sobre deudas tributarias para el pago del Impuesto Predial, y Arbitrios Municipales, Multas Tributarias en esta jurisdicción, incentivando el pago de las deudas de ejercicios pasados, dentro del contexto de nuestra realidad tributaria. Artículo N° 2.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un régimen de bene fi cios tributarios a favor de los