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56 NORMAS LEGALES Jueves 30 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, a través de los artículos 2 y 4 de la precitada Resolución Ministerial, se establecen la conformación y función, respectivamente, de la Comisión Sectorial; Que, con el Memorándum N° 193-2023-VIVIENDA/ OGA y el Informe N° 156-2023-VIVIENDA-OGA, la Ofi cina General de Administración, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial, propone la modi fi cación de los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA, por la incorporación de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo como integrantes de la Comisión Sectorial y por la ampliación del ámbito de competencia respecto de: (i) el Decreto de Urgencia N° 010-2023, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco de las emergencias declaradas con ocasión de intensas precipitaciones pluviales; (ii) el Decreto de Urgencia N° 024-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, para autorizar la transferencia de recursos destinados a fortalecer la gestión de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) en zonas declaradas en estado de emergencia ante intensas precipitaciones pluviales y por la probable ocurrencia del Fenómeno El Niño, y dicta otras medidas; (iii) el Decreto de Urgencia N° 038-2023, Decreto de Urgencia que otorga una subvención económica extraordinaria a favor de pescadores artesanales y dicta otra disposición; (iv) la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno el Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; y, (v) el Decreto Supremo N° 201-2023-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Reserva de Contingencia y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgan conformidad a la propuesta de modi fi cación; Que, mediante el Informe N° 1024-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable la propuesta de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA; Que, en consecuencia, es necesario modi fi car los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, y su modi fi catoria; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA Modi fi car los artículos 1, 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA, los mismos que quedan redactados en los siguientes términos: “Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Sectorial Créase la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominada “Comisión Sectorial para la ejecución de los Decretos de Urgencia N° 010-2023, N° 017-2023, N° 024-2023, N° 028-2023 y N° 038-2023, la Ley N° 31912 y el Decreto Supremo N° 201-2023-EF” (en adelante, Comisión Sectorial), con el objeto de realizar el seguimiento de las adquisiciones y contrataciones de los bienes y servicios necesarios conforme a lo establecido en los Decretos de Urgencia N° 010-2023, N° 017-2023, N° 024-2023, N° 028-2023 y N° 038-2023, la Ley N° 31912 y el Decreto Supremo N° 201-2023-EF.” “Artículo 2.- Conformación2.1 La Comisión Sectorial está conformada por:a) El/La Secretario/a General, quien la preside. b) El/La Jefe/a de Gabinete del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial. c) El/La Director/a General de la O fi cina General de Administración. d) El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. e) El/La Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo. f) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nuestras Ciudades. g) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. h) El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural. i) El/La Director/a Ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. 2.2 Los/Las integrantes de la Comisión Sectorial ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del/de la representante titular.” “Artículo 4.- Función de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial tiene como función realizar el seguimiento de las adquisiciones y contrataciones de los bienes y servicios necesarios conforme a lo establecido en los Decretos de Urgencia N° 010-2023, N° 017-2023, N° 024-2023, N° 028-2023 y N° 038-2023, así como, la Ley N° 31912 y el Decreto Supremo N° 201-2023-EF, incluyendo los procedimientos de selección, entrega de bienes o ejecución de servicios, conformidades y regularizaciones respectivas, de ser el caso; así como desarrollar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto.” Artículo 2.- Disponer que quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 376-2023-VIVIENDA. Artículo 3.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes de la Comisión Sectorial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2240223-1 Designan Directores titular y suplente en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS RIOJA S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 18-2023-VIVIENDA/VMCS Lima, 28 de noviembre de 2023VISTOS:El O fi cio N° 129-2023-GG/EPS RIOJA S.A. de la Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS