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42 NORMAS LEGALES Domingo 1 de octubre de 2023 El Peruano / corresponden a la especialidad de familia (37 en familia- civil, 7 en familia-tutelar y 3 en familia-infracciones). Asimismo, mediante el numeral 13 del anexo del artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 195-2023-CE-PJ, con la que se dio inicio al funcionamiento del nuevo Juzgado de Familia Permanente del distrito Chulucanas, provincia de Morropón, se dispuso cerrar turno, al Juzgado Civil Permanente de la referida provincia, para el ingreso de expedientes de familia en todas sus subespecialidades, incluidos los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley Nº 30364; y que dicho juzgado civil permanente y el Juzgado Civil Transitorio del distrito de Chulucanas, provincia de Morropón, redistribuyan al referido juzgado de familia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la especialidad familia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; razón por la que los ingresos del Juzgado Civil Permanente del distrito de Chulucanas disminuirán al no recibir expedientes de la especialidad de familia, ya no requiriéndose del apoyo del Juzgado Civil Transitorio de dicho distrito. De otro lado, se observa que el 1° Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Huancabamba, Corte Superior de Justicia de Piura, que en adición de funciones es juzgado penal unipersonal, es el único órgano jurisdiccional de esta instancia que atiende dicho distrito y además tiene dentro de su competencia funcional los procesos de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley Nº 30364, al mes de julio de 2023 registró una elevada carga pendiente de 1030 expedientes; estimándose para fi nes del presente año una carga procesal proyectada de 1821 expedientes, cifra que al ser muy cercana a la carga procesal máxima de 1870 expedientes, establecida para un juzgado mixto que atiende procesos de violencia familiar, evidencia que se encontraría próximo a una situación de sobrecarga procesal, como consecuencia de la elevada carga inicial de 943 expedientes que registró al inicio del presente año; asimismo, se observa que de la carga pendiente de 1030 expedientes que registró, un total de 397 corresponden a la especialidad de familia (202 en familia-civil, 135 en familia-infracciones y 60 en familia tutelar), 176 a la especialidad laboral (160 en la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional - PCALP, 11 en Nueva Ley Procesal del Trabajo-NLPT y 5 en Ley Nº 26636-LPT), 185 a la especialidad civil (176 en civil-civil, 5 en civil-constitucional y 4 civil-contencioso administrativo), y 272 de su función adicional de juzgado penal unipersonal. d) El Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San Martín, que apoya con turno cerrado en la descarga procesal de la carga pendiente del Juzgado Mixto Permanente de la misma provincia, al mes de julio de 2023 registró una carga pendiente de 301 expedientes, la cual debe de haber disminuido a la fecha; mientras que el Juzgado Mixto Permanente de la referida provincia registró una carga pendiente de 313 expedientes; siendo pertinente señalar que mediante el numeral 15 del anexo del artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 195-2023-CE-PJ, con la que se dio inicio al funcionamiento del nuevo Juzgado de Familia de dicha provincia, se dispuso cerrar turno al Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Tocache para el ingreso de expedientes de la especialidad de familia en todas sus subespecialidades, incluidos los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley Nº 30364 y que este juzgado redistribuya al recientemente implementado Juzgado de Familia Permanente, toda la carga pendiente en etapa de califi cación, trámite y ejecución de la especialidad familia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; redistribución que se efectuó en julio de 2023, por lo que los ingresos del Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Tocache disminuirán al no recibir expedientes de la especialidad de familia. De otro lado, mediante O fi cio Nº 001777-2023-P-CSJUC-PJ de fecha 5 de setiembre de 2023, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con base en el O fi cio Nº 001209-2023-GAD-CSJUC-PJ y el Informe Nº 000087-2023-UPD-GAD- CSJUC-PJ del gerente de administración distrital y del jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior, ha solicitado la creación de un juzgado civil mixto transitorio en la provincia de Atalaya, en razón de lo siguiente: - El Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Atalaya, en adición a sus funciones viene desempeñándose como Juzgado Penal Unipersonal y Juzgado Penal Liquidador. - Mediante Investigación De fi nitiva Nº 362-2021-Ucayali, se dispuso la medida cautelar de suspensión preventiva, la O fi cina de Control de la Magistratura, actualmente denominada Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, ha propuesto a la Junta Nacional de Justicia la destitución del magistrado Felipe David Palacios Santos, juez del Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Atalaya y, además, ha dispuesto como medida cautelar, su suspensión en todo cargo en el Poder Judicial. - De los 307 expedientes por resolver, existen 28 expedientes puestos a despacho para resolver desde los años 2015, 2016, 2017 y 2018, por lo que son 9 años a la espera de ser resueltos, siendo periodos exorbitantes, encontrándose dichos procesos totalmente paralizados y a la espera de una decisión judicial. - Existen 326 expedientes por anular, correspondientes a la función de juzgado penal unipersonal, debido a que el magistrado solo habría dado lectura de fallo, no existiendo la sentencia física en el expediente y tampoco en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), de acuerdo al informe presentado por el equipo de productividad. Al respecto, se observa que el Juzgado Mixto Permanente de la provincia de Atalaya de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que dentro de su competencia funcional atiende los casos de violencia familiar al ser el único órgano jurisdiccional de esta instancia en dicha provincia, y en adición de funciones actúa como juzgado penal unipersonal, al mes de julio de 2023 resolvió 98 expedientes de una carga procesal de 899, obteniendo un bajo avance de meta del 12%, mucho menor al avance ideal del 55% que corresponde a dicho mes, quedándole una carga pendiente de 801 expedientes, de los cuales 307 corresponden a su función adicional como juzgado penal unipersonal, los cuales van a anularse debido a que el magistrado del citado juzgado, solo habría dado lectura de sentencias sin que exista la sentencia física en el expediente ni tampoco en el Sistema Integrado Judicial; y además existen 28 expedientes de las otras especialidades puestos a despacho para resolver desde los años 2015, 2016, 2017 y 2018, advirtiendo que son 9 años a la espera de ser resueltos; estimándose que para fi nes del presente año este juzgado tenga una carga procesal proyectada de 1209 expedientes, cifra que al ser menor a la carga procesal mínima de 1430 expedientes, establecida para un juzgado mixto que atiende procesos de violencia familiar, evidencia que este juzgado permanente se encontraría en situación de subcarga procesal, y que su carga pendiente acumulada de 801 expedientes es consecuencia del bajo nivel resolutivo que viene presentando en los últimos años dicha dependencia judicial debido a las circunstancias antes señaladas. e) El Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Casma de la Corte Superior de Justicia del Santa, que apoya con turno cerrado al Juzgado Civil Permanente de dicha provincia, al mes de julio de 2023 registró una carga pendiente de 233 expedientes que deben de haber disminuido a la fecha, mientras que el Juzgado Civil Permanente de la citada provincia, el cual hasta el mes de junio del presente año tramitó procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley Nº 30364, registró durante el mismo período una carga pendiente de 448 expedientes; al respecto, mediante Resolución Administrativa Nº 195-2023-CE-PJ se dispuso que el Juzgado Civil Permanente y el Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Casma, redistribuyan al recientemente implementado Juzgado de Familia Permanente de la provincia de Casma, toda la carga pendiente de la especialidad familia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes