Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (04/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / N° NOMBRESAPELLIDO PATERNOAPELLIDO MATERNODNI DISTRITO PROVINCIA REGIÓN 6. SAMUEL HUILLCA TICONA 43825121 YANATILE CALCA CUSCO7.LUIS DEMETRIONIEVA CHAVARRIA 21101901 LA UNION TARMA JUNIN 8. NORMA DIANA MARIÑO PASTOR 20565300 PACHACAMAC LIMA LIMA 9.MIREYA MARJORIEUNOCC CANGALAYA 72901951 LA MOLINA LIMA LIMA 10. DEYSI CARINA PAREDES VALENZUELA 73432915 INDEPENDENCIA LIMA LIMA 11.ENRIQUE EDMUNDOCADENAS CANDIA 70246116 PUNTA NEGRA LIMA LIMA 12. MARIA AIDA LEANDRO VALERIANO 16284247 ALLAUCA YAUYOS LIMA PROVINCIAS 13.CARMEN AHYDEEFLORES CALAGUA 15348079 CHILCA CAÑETE LIMA PROVINCIAS 14. ALDO HUARINGA YANAVILCA 16127242 ANTIOQUIA HUAROCHIRI LIMA PROVINCIAS 15. TITO CUEVA FLORES 33260265 PAMPA HERMOSA UCAYALI LORETO 16. MANUEL PINTO SAYON 43561588 FERNANDO LORES MAYNAS LORETO 17. CECILIA PIZANGO CHANCHARI 80134249 BALSA PUERTO ALTO AMAZONAS LORETO 18. ESTHER HUAYNACHO CCASA 02300329 OCUVIRI LAMPA PUNO Artículo 3.- Las autoridades políticas designadas deberán formular y presentar las declaraciones juradas de bienes y rentas, así como las declaraciones juradas de intereses, a fi n de dar cumplimiento al marco normativo vigente. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS ORTIZ MARREROS Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 2221656-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2023-JUS Lima, 3 de octubr de 2023VISTO; el Informe N.º 159-2023/COE-TPC, del 29 de agosto de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JOSÉ ANTONIO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ formulada por la Octava Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de Tomás Rogelio Castañeda Estrada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal peruano, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 9 de junio de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JOSÉ ANTONIO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ formulada por la Octava Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de Tomás Rogelio Castañeda Estrada (Expediente N.º 83-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal peruano, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 159-2023/COE-TPC, del 29 de agosto de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de Tomás Rogelio Castañeda Estrada; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado;