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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (07/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2023 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 191-2018-VIVIENDA, que aprueba la Guía para la Formulación de Planes Integrales en la Gestión de Riesgo de Desastres para los Prestadores de Servicios de Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2212698-1 ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Designan Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 065-2023-INBP San Isidro, 5 septiembre de 2023 VISTOS: El Memorándum N° 0111-2023-INBP/IN del 09 de agosto de 2023 de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; La Nota Informativa N° 867-2023-INBP/OA/URH del 25 de agosto de 2023 de la Unidad de Recursos Humanos de la INBP; La Nota Informativa N° 171-2023 INBP/OA del 1 de septiembre del 2023 de la O fi cina de Administración de la INBP; Y CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1260 de fecha 08 de diciembre de 2016, se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior y que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y su estructura orgánica; y, en su artículo 22° establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley N° 27067, modi fi ca su denominación por “Intendencia Nacional de Bomberos del Perú” la misma que adecua su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma; Que, la Séptima Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1260, dispone que a la vigencia de la presenta norma, toda disposición con mención al Organismo Público Ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, se considera referida a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, por Decreto Supremo N° 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional, siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, a través de la Resolución Suprema N° 033- 2021-IN, de fecha 02 de febrero de 2021, se designa al señor Luis Antonio Ponce La Jara, en el cargo público de con fi anza de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP); Que, mediante Resolución de Intendencia N° 058- 2023-INBP del 26 de julio de 2023, se encargó al Contador Público Edwin Coraquillo Ayala, en el cargo de con fi anza de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura descrita en el considerando precedente; Que, la Jefatura de la INBP, mediante Memorándum N° 0111-2023-INBP/IN del 09 de agosto de 2023, acompañando el curriculum vitae del profesional Ingeniero Josué Luis Donoso Rodríguez, solicitó a la Unidad de Recursos Humanos de la INBP, la evaluación e implementación de acciones necesarias para el proceso de designación, del citado profesional, como Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la INBP, debiendo remitir lo pertinente a la Gerencia General, para la emisión del acto que corresponda; Que, por Resolución Ministerial N° 711-2018-IN del 24 de mayo del 2018, se aprueba el Cuadro de Asignación Provisional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que establece entre otros cargos clasi fi cados, el que corresponde a la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; cargo de confi anza que se encuentra vacante; Que, por Resolución de Gerencia General N° 13- 2022-INBP/GG del 11 de noviembre del 2022, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que establece como cargos de línea, los de con fi anza de Directores y/o Sub Directores de la INBP, con los requisitos y funciones que deben cumplir para ser designados; Que, la Unidad de Recursos Humanos de la INBP, mediante Nota Informativa N° 867-2023-INBP/OA/URH del 25 de agosto de 2023, realiza el análisis de la documentación remitida y la que requirió al profesional Ingeniero Josué Luis Donoso Rodríguez, veri fi cando lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 31419, aprobada por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción” verifi cando el cumplimiento de los numerales 14.1., 14.3. del artículo 14°, y el artículo 15° respecto de la experiencia y funciones especí fi cas que el citado profesional presento documentadamente en su Currículum Vitae en contraste con el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la INBP y el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP; Concluyendo que cumple los requisitos de la mencionada Ley N° 31419 para ocupar el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, adjunta en su Nota Informativa N° 185-2023-INBP/OA/URH, la revisión obligatoria de la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia y/o PIDE del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles RNSSC, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles REDERECI – REDJUM y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos REDAM y adjunta la Declaración Jurada del profesional propuesto de no tener impedimentos para ser designado funcionario público o directivo público de libre designación y/o remoción, y bajo tal condición recomienda en cumplimiento del numeral 28.4 del artículo 28° del Reglamento de la Ley N° 31419 precitada continuar con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación del profesional propuesto en el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de la INBP;