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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (04/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 4 de abril de 2024 El Peruano / Estratégico-CEPLAN, aprobado mediante Decreto N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modi fi cado versión 2 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modi fi cado versión 2, por todos los órganos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, bajo responsabilidad. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 modi fi cado versión 2, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resoluión en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Administración publique la presente resolución, así como su anexo, en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico www.gob.pe/ceplan. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2275785-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Jefa de la Unidad de Integridad Institucional del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000041-2024-GEG/INDECOPI San Borja, 2 de abril de 2024 VISTOS: El Informe N° 000290-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000202-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme al Anexo 2 del Compendio de las actualizaciones de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del INDECOPI aprobadas por la O fi cina de Recursos Humanos, formalizado mediante la Resolución N° 000230-2023-GEG/INDECOPI, el puesto de Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional corresponde al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), signado con el número 017; el mismo que es considerado de confi anza; Que, el artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Unidad de Integridad Institucional es una unidad orgánica de apoyo que depende de la Gerencia General; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, concordante con el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado de su Reglamento, establecen que es función de la Gerencia General designar, entre otros, a los/las jefes/as de los órganos de apoyo; Que, mediante el Informe N° 000290-2024-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos señala que la señora Clara Isabel Núñez Tasaico cumple con el per fi l del puesto para ocupar el cargo de Jefa de la Unidad de Integridad Institucional (CAP 017) del INDECOPI; Que, con el Informe N° 000202-2024-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que el Gerente General se encuentra facultado para designar al/a la Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional del INDECOPI; Con el visado de la O fi cina de Recursos Humanos; de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora CLARA ISABEL NUÑEZ TASAICO en el cargo de Jefa de la Unidad de Integridad Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EVER GARCIA RODRIGUEZ Gerente General 2276027-1 Designan Asesora de la Presidencia Ejecutiva del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000042-2024-GEG/INDECOPI San Borja, 3 de abril de 2024 VISTOS: El Informe N° 000298-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000204-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme al Anexo 2 del Compendio de las actualizaciones de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del INDECOPI aprobadas por la O fi cina de Recursos Humanos, formalizado mediante la Resolución N° 000230-2023- GEG/INDECOPI, el puesto de Asesor/a de la Presidencia Ejecutiva corresponde al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), signado con el número 004; el mismo que es considerado de con fi anza; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI establece