TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Jueves 4 de abril de 2024 El Peruano / Que, el sub numeral 7.10.3 del numeral 7.10 del acápite VII de la referida Directiva, dispone: “El gobierno regional, a través de las O fi cinas Regionales de Atención a las Personas con Discapacidad (Oredis), o las que hagan sus veces, gestiona los registros regionales de su jurisdicción (…).”; Que, el sub numeral 7.10.6 del numeral 7.10 del acápite VII de la Directiva señalada precedentemente, establece: “La Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad, o la que haga sus veces, brinda asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales para la implementación de los registros regionales y locales, respectivamente.”; Que, en el marco de la función antes señalada, la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad emite el Informe N° D000062-2023-CONADIS-DPDPD de fecha 17 de mayo de 2023, el cual contiene la opinión técnica sobre el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la creación del Registro Regional de las Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao, el mismo que, ha sido derivado a esta entidad regional, mediante el O fi cio N° D000951- 2023-CONADIS-PRE de fecha 19 de mayo de 2023, por la Presidenta del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con relación a ello, se debe mencionar que, mediante el citado Informe, se brinda sugerencias y/o recomendaciones que se deberá tener en consideración en la elaboración del proyecto de Ordenanza Regional que crea el Registro Regional de las Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao. Así, señala: “2.4.1 (…) En ese sentido, se informa que mediante el artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° D000010-2023-CONADIS-PRE, se deroga la Directiva N° 001-2018-CONADIS/PRE (…) en ese sentido, es pertinente no incorporarlo en el texto integral de la propuesta de Ordenanza. 2.4.2 (…) De igual manera en la propuesta de Ordenanza (…) se propone la siguiente redacción: Artículo 3°.- Encargar, a la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad la administración del Registro Regional de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción; en ese sentido, la OREDIS es responsable de administrar, custodiar, supervisar y procesar la información del Registro Regional, de acuerdo a lo previsto en el Literal i) en el Numeral 69.2 del Artículo 69 de la Ley N° 29973 (…)”; Que, mediante el Informe N° 000135-2023-GRC/ OREDIS de fecha 24 de agosto de 2023, la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad, emite pronunciamiento respecto a la emisión de la Ordenanza Regional que crea el Registro Regional de las Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao y, re fi ere: “(…) El Gobierno Regional del Callao, está comprometido con el desarrollo social inclusivo de las personas con discapacidad, estando enmarcado actualmente en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad (…) En la Región Callao, existe según el INEI 114,750 personas con discapacidad, de los cuales sólo 14,912 se encuentran registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) (…) Existe la necesidad de acreditarse como personas con discapacidad, para poder identi fi carse y poder hacer cumplir sus derechos como personas con discapacidad ante el Estado (…) El registro bene fi ciará en: Acceder a diversos programas, servicios y bene fi cios que la Ley dispone para las personas con discapacidad en el Perú. Algunos tipos de carnet de discapacidad determinarán el grado de discapacidad: leve, moderado o severo. Permitirá obtener el documento o fi cial que acreditará la discapacidad. Nos permitirá contar con un registro actualizado y poder establecer programas, servicios y actividades a favor de las personas con discapacidad. (…)”; Que, a través del referido Informe, la citada O fi cina concluye: “De acuerdo, al marco legal antes citado y la asistencia técnica recibida por CONADIS, es necesario que el Gobierno Regional del Callao (…) se sirva considerar la creación del Registro Regional de la Persona con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao, con el fi n de administrar el referido registro, el mismo que constituye la base de datos personales de las personas con estas condiciones, que tipos son más frecuentes, su grado de severidad, el tiempo que tiene esta condición, unifi cando los datos regionales para mejorar las políticas de ayuda a las personas con discapacidad y sus familiares en la Región Callao.”; Que, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, emite el Informe N° 000759-2023-GRC/ OTIC de fecha 21 de setiembre de 2023, el cual contiene la opinión técnica respecto al proyecto de Ordenanza Regional antes señalada y, re fi ere: “(…) esta O fi cina (…) de acuerdo a sus competencias establecidas en el Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao (…) atenderá los requerimientos de soporte tecnológico que realice el Área Usuaria para tal fi n.”; Que, mediante el Memorando N° 000140-2023- GRC/OP de fecha 03 de octubre de 2023, la O fi cina de Plani fi cación emite pronunciamiento sobre el referido proyecto de Ordenanza Regional y, concluye: “4.1 En el marco de las funciones establecidas en el TUO del ROF del Gobierno Regional del Callao, la O fi cina de Plani fi cación observa que la Gerencia Regional de Desarrollo Social a través de la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) (…) en el proyecto de Ordenanza Regional, incorporó la Resolución de Presidencia N° D000010-2023-CONADIS/PRE, de fecha 20 de enero de 2023 (…) asimismo, modi fi ca el Artículo 3°. Ambas modi fi caciones se realizan en el marco de lo señalado por la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del CONADIS a través del Informe N° D000062-2023-CONADIS-DPDPD del 16.05.2023, adjunto al O fi cio N° D000951-2023-CONADIS-PRE.”; Que, a través del Memorando N° 000197-2023- GRC/OPT de fecha 17 de octubre de 2023, la O fi cina de Presupuesto y Tributación emite opinión técnica sobre el proyecto de Ordenanza Regional señalada anteriormente y, concluye: “(…) 4.2 Que, de la evaluación (…) no se evidencia información en materia presupuestaria, sin embargo las normas presupuestarias como la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2023 (…) disponen que los Gobiernos Regionales puedan disponer hasta el 1% de su Presupuesto Institucional en bene fi cio de las Personas con Discapacidad. 4.3 En razón a lo expuesto (…) esta O fi cina emite opinión favorable para continuar con los trámites administrativos para la aprobación de la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL REGISTRO REGIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO.”; Que, mediante el Memorando N° 00002-2023-GRC/ ORE de fecha 02 de noviembre de 2023, la O fi cina de Racionalización y Estadística, emite opinión técnica sobre el proyecto de Ordenanza Regional antes mencionado y, concluye: “(…) 4.2 Se puede apreciar (…) a la fecha, de la propuesta de ordenanza (…) se adecúa a las recomendaciones efectuadas por el CONADIS a través del Informe N° D00062-2023-CONADIS-DPDPD. 4.3 En consecuencia (…) la O fi cina de Racionalización y Estadística (ORE) considera pertinente continuar con la aprobación de la propuesta de ordenanza de creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao.”; Que, a través del Informe N° 000920-2023-GRC/GAJ de fecha 15 de noviembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto a la emisión de la Ordenanza Regional indicada anteriormente y, re fi ere: “(…) resulta procedente (…) el proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la creación del Registro Regional de Personas con Discapacidad del Gobierno Regional del Callao; debiendo remitirse los actuados al Consejo Regional, para que proceda conforme a sus atribuciones en atención a lo previsto en el literal a), del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (…)”; Que, en ese sentido, el Consejo Regional del Callao, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, aprobó por unanimidad el Acuerdo de Consejo Regional N° 009, de fecha 19 de febrero de 2024,