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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (23/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2024 El Peruano / Representantes de la sociedad civil. Los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un período de 2 años, por los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel regional y provincial, según corresponda, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto el Gobierno Regional. Para registrarse deberán acreditar personería Jurídica y un mínimo de 3 años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral correspondiente. Las organizaciones de la sociedad civil que podrán participar son, entre otras: organizaciones de productores, gremios empresariales, laborales, profesionales, agrarios y vecinales; universidades, iglesias, comunidades campesinas y nativas, mesas de concertación y organizaciones de mujeres y jóvenes. Una misma organización o componente de ella no puede acreditarse simultáneamente a nivel provincial y regional. c. Régimen de sesiones. El Consejo de Coordinación Regional se reúne ordinariamente dos veces al año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el Presidente Regional. Puede ser convocado para opinar sobre cualquier asunto o consulta que requiera el Gobierno Regional. Siendo su naturaleza la concertación y la consulta, sus acuerdos se toman por consenso. Los representantes del Consejo de Coordinación Regional en ningún caso perciben dietas, viáticos u otro tipo de asignación del Gobierno Regional. La Gerencia de Planeamiento del Gobierno Regional actuará como secretaría técnica, debiendo oportunamente presentar los documentos para su análisis.” Que, también el artículo 11-B de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley 27867, sobre las funciones del Consejo de Coordinación Regional, establece lo siguiente: “Artículo 11-B.- Funciones del Consejo de Coordinación Regional. Los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva, concertando entre sí, sobre: a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado; c) La visión general y los lineamientos estratégicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado; d) Otras que le encargue o solicite el Consejo Regional. El Consejo de Coordinación Regional no ejerce funciones ni actos de gobierno. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Consejo Regional decidir sobre lo pertinente.” Que, mediante Acta de Segunda Sesión Extraordinaria 2023 del Consejo de Coordinación Regional (CCR 2023 -2025) del Gobierno Regional de Moquegua, se concluyó que, el Reglamento Interno del CCR será reajustado en su contenido de acuerdo a los aportes de los participantes para su versión fi nal y tramitado para ser aprobado mediante Ordenanza Regional; el Reglamento de la Agenda Moquegua recibirá los aportes de los integrantes del CCR para su posterior elevación al Consejo Regional. Que, con Informe N° 002-2024-GR.MOQ/GRPPAT- SPLAN-ACP del 15 de enero del 2024, el Lic. Andres Centeno Poma en su condición de Plani fi cador solicita ante la Subgerente de Planeamiento del Gobierno Regional de Moquegua, la aprobación del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional. Que, a través del Informe N° 009-2024-GR.M/ GGR-GRPPAT-SPLAN del 16 de enero del 2024, la Arq. Enma Cecilia del Rosario del Castillo Soto en su condición de Subgerente de Planeamiento eleva ante el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua, el expediente de aprobación del “Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional.” Que, mediante Informe N° 014-2024-GRM/GGR- GRPPAT del 16 de enero del 2024, el Ing. Luis Alberto Colque Guerra en su condición de Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita ante el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Moque, la aprobación del “Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional.” Que, con Informe N° 108-2024-GRM/GGR/ORAJ del 02 de febrero del 2024, Anita Ghersi Parodi en su condición de Abogada de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emitió la opinión legal señalando que es procedente derivar el expediente al Consejo Regional para aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional CCR mediante Ordenanza Regional.Que, a través del Informe N° 46-2024-GRM/GGR del 13 de febrero del 2024, el Eco. Hugo Espinoza Palza en su condición de Gerente General Regional del Gobierno Regional de Moquegua, remitió la opinión legal para la aprobación del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional CCR. Que, mediante Informe Nº 019-2024-MECA-ST-CR/ GRM, el Secretario Técnico del Consejo Regional de Moquegua realizó observaciones con respecto a las categorías de: conformación del Consejo de Coordinación Regional, sus funciones, y, las organizaciones que deben ser consideradas como parte de la sociedad civil, descritas en el Proyecto de Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional. Que, con Informe Nº 009-2024-GR.MOQ/GRPPAT- SPLAN-ACP del 03 de abril del 2024, el Lic. Andrés Centeno Poma en su condición de Plani fi cador de la Sub Gerencia de Planeamiento, realiza aclaración a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, con respecto a la modi fi cación del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional de Moquegua. Que, a través del Informe Nº 169-2024-GRM/GGR del 18 de abril del 2024, el Eco. Hugo Espinoza Palza en su condición de Gerente General Regional, solicita atención a informe para modi fi cación del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional de Moquegua. Que, con O fi cio Nº 14-2024-GRM/CR/COPPyOT/P/ PNP del 26 de abril del 2024, el consejero regional Pedro Noguera Prado en su condición de Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, solicitó se considere en una próxima Sesión de Consejo Regional como un punto de agenda, a la deliberación del Dictamen Nº 03-2024/GRM/CR/ COPPyOT del 26 de abril del 2024. Que, mediante O fi cio Circular Nº 023-2024-GRM/ CR/CD/AJQR del 26 de abril del 2024, el consejero regional Alonso Joann Quispe Romero en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2024, convocó a la Sesión Extraordinaria Nº 010-2024, a desarrollarse el martes 30 de abril del 2024. Que, en el punto Nº 1 de la Agenda, se abordó el Dictamen Nº 03-2024-GRM/CR/COPPyOT, sobre la aprobación del Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Moquegua que consta de ocho (08) Títulos, dos (02) Capítulos, veintitrés (23) Artículos y seis (06) Disposiciones Complementarias y Finales. Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; con el voto por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del acta. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL DE MOQUEGUA Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 03-2016-CR/RM publicada el 26 de agosto del 2016 en el Diario O fi cial “El Peruano”, con la que se aprobó el Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Moquegua. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo de Coordinación Regional que consta de ocho (08) Títulos, dos (02) Capítulos, veintitrés (23) Artículos y seis (06) Disposiciones Complementarias y Finales, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que, la Gerencia General Regional y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua, realicen las acciones que