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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (23/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2024 El Peruano / y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica t administrativa en los asuntos de su competencia.(...)”, lo que debe ser concordado con lo dispuesto por el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y Sistema Peruano de Información Jurídica posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la citada Ley; Que, el literal d) del Artículo 7º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que para postular al empleo público debe reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que tiene como objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley 31419, Ley que establece disposiciones generales para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, así como otras disposiciones; Que, el citado Reglamento, en su Cuarta Disposición Complementaria Final relacionada a la formulación y adecuación de los instrumentos de gestión, se establece que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma; Que, el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), es un documento de Gestión Institucional, en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones en cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, la competencia de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, está señalada en el numeral 5.2.3. de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, que expresamente señala que la ORH o la que haga sus veces tiene entre otras la responsabilidad de elaborar la propuesta de MCC y/o de sus modi fi caciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio. Asimismo, en el Artículo 2º del Reglamento de la Ley 31419, se establece la responsabilidad de las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre disposición y remoción; Que, conforme a lo expuesto en el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH corresponde al titular aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestionar la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, el Portal de Transparencia y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 235- 2023-GM/MDSMP, del 29 de setiembre de 2023, se aprueba la actualización y/o modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos 2023 (MCC) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, la misma que debe ser dejada sin efecto con la emisión del presente acto; Que, con Memorándum Nº 2067-2024-OGRH/ MDSMP, de fecha 01 de julio de 2024, la O fi cina General de Recursos Humanos, sustenta la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Entidad, el mismo que cuenta con opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 0141- 2024-OGPP/MDSMP del 08 de julio de 2024; Que la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 499-2024/MDSMP-OGAJ, de fecha 15 de agosto de 2024, emite opinión legal favorable respecto a la propuesta formulada del Manual de Clasi fi cador de Cargos, el que cumple con los lineamientos dispuestos por la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, así como por lo establecido en la Ley 31419 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Resolución de Gerencia Municipal Nº 235-2023-GM/MDSMP, en virtud a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- APROBAR la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- DISPONER que la O fi cina de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y su anexo en el Portal de Transparencia Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.gob.pe/ munisanmartindeporres), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LOURDES VIRGINIA DE HAAN OLORTIGUE Gerente Municipal ( e) 2317445-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de San Miguel – 2024 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2024/ MDSM San Miguel, 8 de agosto de 2024 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTO, el Memorando N°705-2024-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N°203-2024-OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el informe N°419-2024-OPP/MDSM emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°209-2024-SGICS-GESECI/MDSM emitido por la Subgerencia de