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86 NORMAS LEGALES Viernes 23 de agosto de 2024 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Aprueban bases del Proceso de Selección N° 001-2024-GRAP/CE-OXI, referido a Proyecto de Inversión Pública para el mejoramiento de los servicios de salud de establecimientos de salud de los distritos de Tapayrihua y Pocohuanca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA Nº 082-2024-GR. APURIMAC/GRI. Abancay, 7 de agosto de.2024 VISTOS: La Carta N° 175-224-GRAP/GRI/COXI-FCP de fecha 10/07/2024, el Informe Legal N° 135-2024-GRAP/08/DRAJ de fecha 08/07/2024, el Memorándum N° 2497 - 2024-GRAP/13/GRI de fecha 03/07/2024, la Carta N° 159-224-GRAP/GRI/COXI-FCP de fecha 28/06/2024 y demás documentos que forman parte integrante de la presente resolución, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú señala que: Los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, norma constitucional concordante con los artículos 2° y 4° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus leyes modi fi catorias, que establece: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya fi nalidad esencial es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, se tiene el Decreto Supremo N° 210-2022- EF (en adelante el TUO de la Ley N° 29230), mediante el cual se aprueba el Texto Único de la Ley N° 29230 - Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; y, que a su vez aprueba el TUO del Decreto Legislativo N° 1534; Decreto Supremo N° 210-2022-EF que fuera Modi fi cado mediante Decreto Supremos 011-2024-EF; establecen que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el fi nanciamiento y ejecución de Proyectos de Inversión Pública en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe; Que, de acuerdo al marco normativo antes señalado la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del mecanismo previsto en el TUO de la Ley N° 29230, deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica; Que, al respecto se tiene el Acuerdo de Consejo Regional N° 070-2022-GR-APURIMAC/CR, de fecha 21 de febrero de 2022, mediante el cual el Consejo Regional del Gobierno Regional de Apurímac, por unanimidad de sus miembros, resuelve, entre otros, lo siguiente: ARTICULO PRIMERO. - APROBAR, la actualización de la Lista de Proyectos Priorizados para su Financiamiento y Ejecución en el Marco del Texto Único Ordenado de la Ley 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 294-2018-EF, (…) entre los cuales se encuentra el PIP denominado: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE TAPAYRIHUA 1-3, LAYME 1-1, CHANTA 1-1, HUANCAPAMPA I-1, POCOHUANCA Y TIAPARO I-, DISTRITOS DE TAPAYRIHUA Y POCOHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES DEPARTAMENTO DE APURIMAC” con CUI N° 2378273; con un monto de inversión de S/. 37´031,751.74 soles; de igual manera señala “ARTÍCULO CUARTO.- FACULTAR, al Gobernador Regional aprobar y convenir todas las variaciones o modi fi caciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos priorizados hasta la emisión de los Certi fi cados de Inversión Pública Regional y Local -Tesoro Público CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Regional con las Empresas Privadas, así como aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del Mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 29230. Que, se tiene la Resolución Ejecutiva Regional N° 397-2023-GR-APURIMAC/GR, de fecha 19 de septiembre del 2023, mediante el cual el Gobernador Regional de Apurímac, entre otros, resuelve: “ARTÍCULO PRIMERO: RECONFORMAR, el COMITÉ ESPECIAL responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la empresa privada que FINANCIE Y EJECUTE EL PROYECTO de obras por impuesto, viables y previamente priorizados conforme se tiene en los artículos segundo y tercero del Acuerdo de Consejo Regional N° 070-2022-GR.APURIMAC/CR de fecha 28 de diciembre de 2022,(…)”; Que, se tiene la Carta N° 022-2024-GRAP/CE/FCP de fecha 06/06/2024, emitido por los integrantes del Comité Especial, dirigido al Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurimac, mediante el cual solicita la aprobación mediante acto resolutivo de las bases del proceso de selección de la empresa privada para el fi nanciamiento y ejecución del PIP denominado: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE TAPAYRIHUA 1-3, LAYME 1-1, CHANTA 1-1, HUANCAPAMPA I-1, POCOHUANCA Y TIAPARO I-, DISTRITOS DE TAPAYRIHUA Y POCOHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES DEPARTAMENTO DE APURÍMAC con CUI N° 2378273; Que, se tiene el Memorándum N° 2138-2024- GRAP/GRI-13 de fecha 12/06/2024, emitido por el Gerente Regional de Infraestructura del GRAP, dirigido a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del GRAP; mediante el cual deriva los actuados pertinentes para la aprobación de las Bases del Proceso de Selección de la Empresa Privada para el Financiamiento y Ejecución del PIP con CUI N° 2378273, materia del presente; Que, estando a lo señalado se tiene el Informe N° 366- 2024-GRAP/08/DRAJ de fecha 20/06/2024, emitido por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del GRAP, dirigido a la Gerencia Regional de Infraestructura del GRAP, mediante el cual emite observaciones al expediente sobre aprobación de las Bases del Proceso de Selección de la Empresa Privada para el Financiamiento y Ejecución del PIP con CUI N° 2378273, materia del presente; Que, se tiene la Carta N° 159-2024-GRAP/GRI/ COXI-FCP de fecha 28/06/2024, dirigido a la Gerencia Regional de Infraestructura; en el cual señala: “(…)al respecto esta Coordinación de obras por impuesto en coordinación con el Comité Especial ha cumplido en levantar las observaciones indicadas en el documento de la referencia, encontrando CONFORME el expediente de las Bases en mención cumpliéndose con el contenido de las Base establecido en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley 29230 aprobado mediante D.S Nº 210-2022- EF. En consecuencia, señor Gerente solicito que el presente documento sea remitido a la Dirección Regional