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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad laboral - Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), a partir del 29 de octubre de 2020, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, entre ellos el 3°, 6°, 7°, 8° y 9° Juzgados de Trabajo Permanentes de Trujillo. Décimo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000320-2020-CE-PJ de fecha 4 de noviembre de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad laboral - Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), a partir del 5 de noviembre de 2020, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, entre ellos el 1°, 2°, 7° y 8° Juzgados de Trabajo Permanentes de Chiclayo. Décimo Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 000326-2020-CE-PJ de fecha 11 de noviembre de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad laboral - Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), a partir del 12 de noviembre de 2020, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, entre ellos el Juzgado de Trabajo Permanente - Zona 02, Juzgado de Trabajo - Zona 03 y el Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Zona 02. Décimo Segundo. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000409-2022-CE-PJ de fecha 2 de diciembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 12 de diciembre de 2022, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, entre ellos el 1°Juzgado de Familia Permanente de Cerro Colorado. Décimo Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000411-2022-CE-PJ de fecha 2 de diciembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 5 de diciembre de 2022, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, entre ellos el Juzgado de Paz Letrado de la Sede Chepén Mixto. Décimo Cuarto. Que, por Resolución Administrativa N° 000412-2022-CE-PJ de fecha 2 de diciembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 12 de diciembre de 2022, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, entre ellos el Juzgado Civil Permanente de Cutervo. Décimo Quinto. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000154-2023-CE-PJ de fecha 20 de abril de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 24 de abril de 2023, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, entre ellos el 2° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo. Décimo Sexto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000158-2023-CE-PJ de fecha 27 de abril de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en el artículo primero la reubicación de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Santa hacia la Corte Superior de Justicia del Callao, como Sala Laboral Transitoria con competencia funcional para atender los procesos de las subespecialidades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y la misma competencia territorial que la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao. Así, también, en el inciso 2.1 del artículo segundo estableció que la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao redistribuya a la Sala Laboral Transitoria de la misma Corte Superior, expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y de la subespecialidad correspondiente a la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Décimo Sétimo. Que, por Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ de fecha 4 de mayo de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en el artículo primero el inicio de funcionamiento de órganos jurisdiccionales creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modi fi catoria, correspondiente a la Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, entre ellos en el 2° Juzgado de Trabajo - Zona 03 del distrito de Santa Anita de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para la especialidad laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo. Así como en el punto 8 de las acciones complementarias, precisa que para la Zona 03 - distrito de Santa Anita de la Corte Superior de Justicia Lima Este, el 1° Juzgado de Trabajo Permanente de la Zona 03 - Santa Anita redistribuya al 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la misma zona, expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT); y en el artículo segundo de la citada resolución dispuso el cambio de la denominación del Juzgado de Trabajo - Zona 03, como 1° Juzgado de Trabajo - Zona 03 del distrito de Santa Anita de la citada Corte Superior. Décimo Octavo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000189-2023-CE-PJ de fecha 22 de mayo de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 22 de mayo de 2023, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, entre ellos el 1°Juzgado de Paz Letrado de Familia - Sede Anexo. Décimo Noveno. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000333-2023-CE-PJ de fecha 14 de agosto de 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso para la Corte Superior de Justicia de Lima Este en el artículo vigésimo, la reubicación del 4° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, como 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de la Zona 02 del distrito de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, el cual funcionará con la misma competencia funcional y territorial que el Juzgado de Trabajo Permanente - Zona 02 del distrito de Ate. En el inciso b) del artículo vigésimo primero dispuso que el Juzgado de Trabajo Permanente - Zona 02 del Distrito de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima Este redistribuya hacia el 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma zona correspondiente a ese distrito, expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT); y en el inciso c) del artículo vigésimo primero dispuso renombrar el Juzgado Trabajo Transitorio de la Zona 02 del Distrito de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como 1° Juzgado Trabajo Transitorio de la Zona 02 del mismo distrito. Vigésimo. Que, por Resolución Administrativa N° 000038-2024-CE-PJ de fecha 31 de enero de 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en el artículo primero la conversión de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao en 2° Sala Laboral Permanente de dicha Corte Superior, con competencia funcional para atender procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). Así también en el artículo segundo dispuso renombrar a la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao como 1° Sala Laboral Permanente, con competencia en procesos de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). Vigésimo Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000058-2024-CE-PJ de fecha 26 de febrero de 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso para la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en el artículo segundo, la reubicación dentro de la misma Corte