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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / del 2024, con sede en la ciudad de COCHABAMBA - BOLIVIA; Que, por consiguiente, siendo la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, parte integrante del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), se hace necesaria la participación de esta Casa Superior de Estudios, representado por las servidoras administrativas de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales – UNA-PUNO: Lic. MILAGROS SARDÓN QUISPE y CPC. MARIZA ANGÉLICA AMPUERO AYLLÓN; Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, se tiene a la vista las opiniones técnicas emitidas por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto: el INFORME N° 1094-2024-UP-OPP-UNA-PUNO de la Unidad de Presupuesto, del cual se in fi ere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal para atender los gastos de viaje, en la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – O fi cina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, debiendo afectarse al centro de costo de la OCRI; y el INFORME N° 0899-2024-UPM-OPP-UNA-P de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre el registro de la Actividad Operativa: “CAPACITACIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO – RO”, conforme a la fi cha CEPLAN que trae anexo. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL N° 501-2024-OAJ-UNA-PUNO (21-05-2024), de la que se desprende que es viable autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria del 21 de mayo del 2024; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje a la ciudad de COCHABAMBA – BOLIVIA, de las servidoras administrativas de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú: Lic. MILAGROS SARDÓN QUISPE y CPC. MARIZA ANGÉLICA AMPUERO AYLLÓN, del 22 al 25 de mayo del 2024, para participar en la Reunión de Coordinadores del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (PME-CRISCOS), 48ava Convocatoria; disponiéndose para el efecto, se les otorgue una bolsa de viaje por S/. 3,225.00 Soles a cada una, con cargo a la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – O fi cina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Dirección General de Administración, la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2307248-1 Autorizan licencia por capacitación a docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, para la realización de pasantía en México, Brasil, España y Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1922-2024 -R-UNA Puno, 17 de julio del 2024 VISTOS:El OFICIO N° 313-2024-VRI-UNA-PUNO (28-06- 2024), cursado por el Vicerrector de Investigación de esta Casa Superior de Estudios; y, el MEMORANDUM N° 754-2024-SG-UNA-PUNO (16-07-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos a la propuesta y aprobación para realización de PASANTÍA DOCENTE en Universidades TOP del mundo; CONSIDERANDO: Que, conforme se encuentra prescrito en el Estatuto de la UNA-PUNO, aprobado por RAU N° 008-2023-AU-UNA, art. 66 y art. 67 numeral 67.11, el Vicerrectorado de Investigación es el órgano de más alto nivel, en el ámbito de la investigación; está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades de investigación que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas; entre sus atribuciones, se encuentra la de promover el intercambio, estancias, pasantías y movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno con otras universidades y entidades de investigación o empresariales, nacionales e internacionales, en colaboración con el Vicerrectorado Académico; Que, en el marco de la normativa invocada, lo establecido en el Reglamento de Pasantía Semestral Docente de la UNA-PUNO aprobado por RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2936-2022-R-UNA y acorde con los actuados, el Vicerrectorado de Investigación de esta Universidad, ha implementado la realización de la PASANTÍA DOCENTE en Universidades TOP del mundo, durante el periodo del Segundo Semestre del Año