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57 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Simultáneo”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 218-2022-CG, y modi fi cada por Resoluciones de Contraloría N° 270-2022-CG, N° 062-2023-CG y N° 429-2023-CG, incluyendo las modi fi caciones aprobadas en la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 714-2024-CG Modi fi cación del numeral 7.3 y del Formato N° 1B del Anexo N° 2 de la Directiva N° 013-2022-CG/NORM “Servicio de Control Simultáneo”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 218-2022-CG, y modi fi cada por Resoluciones de Contraloría N° 270-2022-CG, N° 062-2023-CG y N° 429-2023-CG “7.3 Orientación de O fi cio (…)La Orientación de O fi cio se realiza a partir de información proveniente u obtenida de diversas fuentes, no requiriendo para ello estrictamente realizar acciones de planeamiento o contar con una etapa de Plani fi cación, ni está sujeta a plazos predeterminados. No obstante, en esta modalidad de servicio de control simultáneo se debe aplicar el Anexo N° 2: Esquema del proceso en curso, para la identi fi cación de las actividades de mayor impacto. ” “Anexo N° 2: Esquema del proceso en curso(…) FORMATO N° 1B - ACTIVIDAD DE MAYOR IMPACTO (*) Actividad de mayor impacto Potenciales situaciones adversas Comentarios 1. [Denominación de la actividad][Potenciales situaciones adversas identificadas preliminarmente en la actividad][De corresponder, incluir comentarios adicionales] 2. [Denominación de la actividad][Potenciales situaciones adversas identificadas preliminarmente en la actividad][De corresponder, incluir comentarios adicionales] n. [Denominación de la actividad][Potenciales situaciones adversas identificadas preliminarmente en la actividad][De corresponder, incluir comentarios adicionales] […] […] […] […] […] […] […] […] […][…] […] […] (*) Este formato sería utilizado para la Visita de Control y la Orientación de Oficio a la actividad. ” 2351008-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Argentina, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3301-2024 -R-UNA Puno, 28 de noviembre del 2024VISTOS:El OFICIO Nº 012-2024-UNA-PUNO/FHRH-IP (24- 08-2024) y OFICIO Nº 020-2024-UNA-PUNO/FHRH-IP (07-11-2024), cursados por el Dr. FRANCISCO HALLEY RODRIGUEZ HUANCA, docente de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de esta Casa Superior de Estudios, referido al requerimiento de autorización de su viaje al exterior, República de Argentina, con fi nes de capacitación en el Laboratorio de Biología Molecular del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) del país en mención; como parte del plan operativo del proyecto “Una alternativa sostenible para el control del parasitismo gastrointestinal y coccidias mediante el desarrollo de un panel de marcadores moleculares asociados a la resistencia y susceptibilidad de esta enfermedad y su uso potencial mediante la selección asistida por marcadores en alpacas en la región de Puno”, cuyo investigador principal es el precitado docente; y, el MEMORÁNDUM Nº 1274-2024-SG-UNA-PUNO (25- 11-2024) emitido por Secretaría General – UNA-PUNO, que contiene el acuerdo de aprobación del Consejo Universitario; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley Nº 27619, que tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y