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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, siendo de interés para la Institución y por ende para el País, se autoriza el viaje al exterior del personal administrativo Yuly Nancy Aguilar Ramírez, bene fi ciada de la Convocatoria PMAA CRISCOS 2024-2 del Programa de Movilidad Académica Administrativa (PMAA) de CRISCOS, II Semestre 2024, y; De conformidad con el Art. 62º numeral 62.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Art. 153º inc. d) del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al exterior en comisión de servicios al personal administrativo YULY NANCY AGUILAR RAMÍREZ, a la Universidad Arturo Prat (Chile), del 4 al 13 de diciembre de 2024, para cumplir con el Programa de Movilidad Académico Administrativo CRISCOS 2024. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutará de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: MONTO TOTAL- YULY NANCY AGUILAR RAMÍREZ S/ 520,00 solesArtículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General 2349807-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2782-2024-MP-FN Lima, 4 de diciembre de 2024VISTOS: El ofi cio Nº 004708-2024-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 22 de octubre de 2024 e informe Nº 00036-2024-MP-FN-OREF-PEFC, de fecha 25 de octubre de 2024, y; CONSIDERANDO:Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio de visto, cursado por la abogada Bethy María Espinoza Rivas, coordinadora nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Canchis. Asimismo, con o fi cio Nº 001184-2024-MP-FN- UEDFCUSC, de fecha 22 de octubre de 2024, suscrito por la señora Nancy Alicia Delgado Tenorio de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Cusco, se informa que la plaza antes descrita cuenta con código AIRHSP Nº 001152 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar al abogado Edwin Richard Vilca Sucaticona como fi scal adjunto provincial del Distrito Fiscal de Cusco, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Canchis. Es de precisar, que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en los párrafos que anteceden y a la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Edwin Richard Vilca Sucaticona, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Cusco, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Canchis. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina