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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 5 de diciembre de 2024 El Peruano / Anta, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1847-2024-MP-FN, de fecha 19 de agosto de 2024 a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, fi scal provincial provisional del , Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Cusco, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrada, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento a la abogada Edith Verenice Villa Humpiri que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Quinto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2351099-8 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2790-2024-MP-FN Lima, 4 de diciembre de 2024 VISTA:La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2741-2024-MP-FN, de fecha 29 de noviembre de 2024, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vista, se dio por concluida la designación de la fi scal provincial del 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, generándose así una plaza por ocupar. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 826-2021-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2021, se designó al abogado Edison Calderón Campana, fi scal adjunto provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña- Rímac-Jesús María. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo.De acuerdo al artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal modi fi cado por la Ley Nº 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar”. Respecto a la provisionalidad de los fi scales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria; así por citar un ejemplo, podría encontrarse asociada por la celebración y conclusión de un concurso público para el nombramiento de reemplazos de carácter permanente. Adicionalmente, señala que su permanencia en el cargo no se vea afectada a través de una conclusión inusitada que contenga sesgo de arbitrariedad o que no permita conocer objetivamente el motivo de su conclusión. Estando a que el Ministerio Público ha establecido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI. 01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”; se considera necesario contar con fi scales que cuenten con experiencia en las funciones a desempeñar. En ese sentido, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en atención a que la plaza de fi scal provincial descrita en el primer párrafo se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar al abogado Edison Calderón Campana, como fi scal provincial del Distrito Fiscal de Lima Centro, para que ocupe provisionalmente el cargo en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, debiéndose disponer la retención de su cargo de carrera; para lo cual previamente se deberá dar por concluida la designación señalada en el segundo párrafo. Cabe precisar, que el nombramiento y designación señalados en el párrafo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en los párrafos que anteceden y a la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Edison Calderón Campana, fi scal adjunto provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac- Jesús María, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 826-2021-MP-FN de fecha 8 de junio de 2021, a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Edison Calderón Campana, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac- Jesús María, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la normatividad vigente.