Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 6 de diciembre de 2024 El Peruano / ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 11 al 13 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (0263) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código AOI00004500085 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombre y apellidosPasajes Aéreos (USD)Viáticos por día (USD)Nº de díasTotal, Viáticos (USD) ELMER JOSE GERMAN GONZALO SCHIALER SALCEDO408.86 370.00 3 1,110.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora URSULA DESILU LEON CHEMPEN, Ministra de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Suprema Nº 245-2024-PCM, en los siguientes términos: “Artículo 3.- Encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del Titular.” Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2351692-1 Aprueban “Directiva para la participación de la Oficina de Integridad Institucional o la que haga sus veces, en calidad de veedora en los procesos de selección de personal en las entidades de la administración pública” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA Nº 012-2024-PCM/SIP Lima, 2 de diciembre de 2024 VISTO: El Informe Nº D000082-2024-PCM-SSGEIP de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción con el objeto de contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y, garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2018- PCM se crea la Secretaría de Integridad Pública como órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como de desarrollar los mecanismos e instrumentos para prevenir y gestionar los riesgos de la corrupción con el objeto de orientar la correcta actuación de los servidores civiles y entidades públicas en la lucha contra la corrupción; Que, la Décimo Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, incorporada mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1602, establece que para el desarrollo de los Concursos Públicos de Méritos puede contarse con la veeduría del Ofi cial de Integridad o un representante de la O fi cina de Integridad Institucional, o la que haga sus veces en la entidad pública; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000050-2024-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 004-2024-SERVIR-GDSRH, Directiva que establece normas para la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley Nº30057, Ley del Servicio Civil, con la fi nalidad de promover que las entidades públicas cuenten con servidores/as civiles idóneos/as de acuerdo con los per fi les de puestos, sobre la base de los principios de meritocracia, transparencia e igualdad de oportunidades; Que, en ese sentido, la Novena Disposición Complementaria Final de la referida Directiva, señala que la Secretaría de Integridad Pública establece los lineamientos para el cumplimiento del rol de veedor de la O fi cina de Integridad Institucional, o la que haga sus veces, en los concursos públicos de méritos; Que, el artículo 3 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce sus competencias a nivel nacional, entre otras materias, en Ética Pública, Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como la coordinación de las políticas nacionales de carácter sectorial y multisectorial del Poder Ejecutivo y la coordinación de las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales autónomos, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, y la sociedad civil, y las demás competencias que le asigne la ley; Que, el literal b) del artículo 89 del citado marco normativo señala que la Secretaría de Integridad Pública tiene por función proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, metodologías y demás herramientas, en materia de su competencia, así como supervisar su cumplimiento; Que, mediante Informe Nº D000082-2024-PCM- SSGEIP, de fecha 29 de noviembre de 2024, la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública señala que resulta pertinente aprobar una Directiva para la participación de la O fi cina de Integridad Institucional o la que haga sus veces, en calidad de veedora en los procesos de selección de personal en las entidades de la administración pública; con la fi nalidad de reducir la materialización de riesgos que afectan la integridad pública en los procesos de selección de personal para el acceso a la función pública en el régimen laboral regulado por la Ley Nº 30057 y el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario aprobar la “Directiva para la participación de la O fi cina de Integridad Institucional o la que haga sus veces, en calidad de veedora en los procesos de selección de personal en las entidades de la administración pública”; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 7 del Reglamento que establece disposiciones sobre la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, la publicación