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24 NORMAS LEGALES Viernes 6 de diciembre de 2024 El Peruano / año, se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Trabajo del Comité de Comercio (WPTC, por sus siglas en inglés), en la que se abordarán temas, tales como: Informe sobre el Índice de Integración y Apertura Digital (INDIGO); mapeo de medidas que afectan el fl ujo transfronterizo de data no-personal; mapeo de esfuerzos sobre mejora de condiciones para los trabajadores en cadenas de valor globales; disposiciones especí fi cas sobre poblaciones indígenas en los acuerdos comerciales; indicadores de Comercio en Valor Añadido (TiVA); estudios de caso exploratorios sobre los efectos comerciales e internos de las restricciones a la exportación; comparación de métodos de recolección de datos desagregados por género; estimaciones experimentales de la escala y el valor del comercio digital; comercio de servicios y sostenibilidad medioambiental; actualización del Índice de Restrictividad del Comercio de Servicios (STRI); inventario de la OCDE de medidas de apoyo a los combustibles fósiles; entre otros temas de importancia e interés del Perú en el marco de su proceso de adhesión a la OCDE; Que, por tanto, resulta de interés institucional que participe en representación del MINCETUR en la reunión antes mencionada, la señorita Emily Yomira Oré Ichpas, profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, lo que coadyuvará al proceso de adhesión del Perú a la OCDE; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Emily Yomira Oré Ichpas, profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior a la ciudad de Paris, República Francesa del 10 al 14 de diciembre de 2024, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en el evento, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$ Total Viáticos US$ Emily Yomira Oré Ichpas2 900,00 Europa 540,00 x 3 1 620,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la servidora pública cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presenta a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2350958-1CUL TURA Prorrogan el plazo de la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico de Jisse, ubicado en los distritos de Janjaillo y Curicaca, provincia de Jauja, departamento de Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000209-2024-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 2 de diciembre de 2024Vistos, la Resolución Directoral N° 000159-2022- DGPA/MC de fecha 06 de diciembre del 2022, publicada en el Diario El Peruano el 14 de diciembre del 2022 se resolvió determinar la protección provisional del del sitio arqueológico de Jisse, ubicado en los distritos de Janjaillo y Curicaca, provincia de Jauja, departamento de Junín, de acuerdo a las coordenadas del plano perimétrico con código PPP-15-MC-2022 WGS84, el Memorando N° 000900-2024-DDC JUN/MC; el Informe N° 001193-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, el informe N° 000238-2024/DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC y el Informe Nº 000214-2024-DGPA-VMPCIC-ARD-MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y; CONSIDERANDO:Que, según se establece en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado (...)”; Que, en los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1255, se establece que es de interés social y de necesidad pública la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 inciso b) Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Que, a su vez, el artículo III del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, precisa que “Se presume que tienen la condición de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes materiales o inmateriales, de la época prehispánica, virreinal y republicana, independientemente de su condición de propiedad pública o privada, que tengan la importancia, el valor y signi fi cado referidos en el artículo precedente y/o que se encuentren comprendidos en los tratados y convenciones sobre la materia de los que el Perú sea parte”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2017-MC, se dispuso la modi fi cación del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, incorporando el Capítulo XIII, referido a la determinación de la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 000331-2023-VMPCIC-MC de fecha 24 de diciembre de 2023 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2023, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fi scal 2024, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles