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31 NORMAS LEGALES Viernes 6 de diciembre de 2024 El Peruano / del Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para el desarrollo sostenible de las provincias y distritos que conforman la Mancomunidad Municipal AMUVRAE”, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, creado mediante Resolución Ministerial Nº 171-2024-MINEM/DM. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2351547-1 PRODUCE Encargan funciones de la Presidencia Ejecutiva del SANIPES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2024- PRODUCE Lima, 5 de diciembre de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-2023-PRODUCE se designa a la señora MONICA PATRICIA SAAVEDRA CHUMBE como Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES); Que, la citada funcionaria se ausentará del 9 al 27 de diciembre de 2024, por lo que a fi n de garantizar el normal desarrollo de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES); es necesario encargar las funciones de Presidente Ejecutivo del SANIPES, en tanto dure la ausencia de su Titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30063, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES); el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar, en adición a sus funciones, a la señora SUSALEN MARIA TANG FLORES, Asesora de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES), las funciones de la Presidencia Ejecutiva del SANIPES, a partir del 9 al 27 de diciembre de 2024 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2351692-3Modifican la denominación del “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera - CITEmadera” al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera y del Mueble – CITEmadera y del Mueble” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 000009-2024-ITP/PCD San Isidro, 4 de diciembre de 2024VISTOS:El Memorando Nº 001188-2024-ITP/CITEMADERA- LIMA, sustentado en el Informe Nº 000012-2024-ITP/ PROESECO-CITEMADERA, ambos de fecha 19 de septiembre de 2024, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica de la Madera – CITEmadera; el Memorando Nº 000745-2024-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Nº 000057-2024-ITP/LLL-DEDFO, ambos de fecha 19 de septiembre de 2024, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Informe Nº 000441-2024-ITP/OAJ, de fecha 20 de septiembre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Acuerdo Nº SO-002-009-2024-ITP/CD, de fecha 23 de septiembre de 2024, del Consejo Directivo del ITP; el Memorando Nº 000034-2024-ITP/SCD, de fecha 05 de noviembre de 2024, de la Secretaría del Consejo Directivo del ITP; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1 establece que, el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE (en adelante, el Decreto Legislativo Nº 1228), establece que el Ministerio de la Producción es la autoridad rectora de la política y los lineamientos en innovación productiva para los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; asimismo, indica que la creación, cali fi cación, desarrollo, evaluación y supervisión de todos los CITE, deberá sujetarse a los lineamientos y disposiciones que emita el Ministerio de la Producción; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228 dispone que, los CITE tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 9 del Decreto Legislativo Nº 1228, los CITE pueden ser Públicos o Privados, debiendo contar los CITE Públicos con Comité Directivo, siendo el Director del CITE, quien tiene a cargo la gestión administrativa, técnica y económica del CITE y será designado mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente y Unidades Operativas y de Gestión; Que, los literales a) y c) del artículo 19 del Decreto Legislativo Nº 1228, asignan al Consejo Directivo del ITP, respecto de los CITE, las funciones siguientes: i) Supervisar y proponer aspectos relativos al funcionamiento