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14 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, está dirigido por un Consejo Directivo integrado por doce (12) representantes; siendo uno de ellos, el del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modifi catoria, prevé entre otros, que los miembros del Consejo Directivo son propuestos por sus representados y reconocidos por Resolución Ministerial del MINAGRI, ahora MIDAGRI, por un período de hasta cinco (05) años prorrogables y perciben dieta; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0577-2022-MIDAGRI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de diciembre de 2022, se formalizó el reconocimiento, del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario como representante titular del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR; Que, en el artículo 2 de dicho acto resolutivo se formalizó el reconocimiento como representante alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, al Director de la Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a través del Memorando N° 1249-2024-MIDAGRI- DVPSDA, el Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, remite la propuesta de reconocimiento de la señora Nelly Paredes Del Castillo, Asesora de Alta Dirección de la Secretaría General, como representante titular del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, y del señor Lizardo Calderón Romero, Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, como representante alterno en dicho órgano colegiado; Que, conforme a lo señalado en el artículo 4 del Reglamento Interno del Consejo Directivo del SERFOR, formalizado por Resolución de Consejo Directivo Nº 001-2019-MINAGRI-SERFOR-CD, modifi cada por la Resolución de Consejo Directivo Nº D000001-2021- MIDAGRI-CD SERFOR, los miembros del Consejo Directivo son propuestos por sus representados y reconocidos por Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde expedir la Resolución Ministerial de reconocimiento de los representantes titular y alterno del MIDAGRI ante el Consejo Directivo del SERFOR; Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; y, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, y su modifi catoria; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reconocer en calidad de representante titular del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a la señora Nelly Paredes Del Castillo, Asesora de Alta Dirección de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 2.- Reconocer en calidad de representante alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, al señor Lizardo Calderón Romero, Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 3.- Remitir copia fedateada de la presente Resolución Ministerial a las instituciones que conforman el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a la Dirección Ejecutiva de dicha entidad, así como a los representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI en el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR reconocidos en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, para los fi nes de Ley. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (https://www.gob/serfor) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2354091-1 Aprueban tres Fichas de Homologación en el Listado de Requerimientos Homologados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0415-2024- MIDAGRI Lima, 13 de diciembre de 2024 VISTOS: El Ofi cio Nº 00612-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, sobre la aprobación de tres (03) Fichas de Homologación; el Ofi cio Nº 000235-2024-PERÚ COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y el Informe Nº 1466-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082- 2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentren bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF (en adelante el Reglamento), señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las