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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / el mismo día de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2354084-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1524-2024-IN Lima, 13 de diciembre de 2024VISTOS, el Ofi cio N° 2254-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 002238-2024-IN-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 019-2024- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JUAN ALBERTO FLORES FLORES de la República Argentina, formulada por el Décimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado en agravio de Sandra Irene Ramírez Escobar; Que, a través de las Comunicaciones Electrónicas con referencias DR 1020/12 DIFFYE/MDV/FGL y DR 1020/12/DIFFYE/MDV/DAG, de fechas 29 de noviembre y 5 de diciembre de 2024, respectivamente, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL – Buenos Aires informa a la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano peruano JUAN ALBERTO FLORES FLORES, asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, del 17 al 20 de diciembre de 2024; Que, con Informe N° 693-2024-COMOPPOL PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Lima, sustenta la designación del Subofi cial Superior PNP JOSE SEGUNDO TORRES GUERRA y del Subofi cial de Segunda PNP JOSE CASTINALDO CARRASCO RUIZ, para que viajen en comisión de servicio, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, a fi n de realizar la extradición a nuestro país, del ciudadano peruano JUAN ALBERTO FLORES FLORES; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 385-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior conforme a la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0000004710, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en el Informe N° 693-2024-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 385-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de V iajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter ofi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 16 al 21 de diciembre de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se