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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 15 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, el artículo 9° de la Ley General de Sanidad Agraria citada, dispone que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos que se trate; Que, el Artículo 24° del Reglamento de Cuarentena Vegetal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, dispone que los Puestos de Control Cuarentenarios Internos serán establecidos para proteger aquellas áreas declaradas por el SENASA, como áreas en peligro o áreas libres o de escasa prevalencia de plagas cuarentenarias; Que, el Artículo 115° del Reglamento de Cuarentena Vegetal mencionado, dispone que el SENASA con la fi nalidad de evitar la diseminación de plagas hacia áreas en peligro o de escasa prevalencia de la misma, establecerá, mediante Resolución del Órgano de Línea Competente, medidas fi tosanitarias; Que, el numeral 4 del artículo 115 del Reglamento de Cuarentena Vegetal antes señalado, establece como medida fi tosanitaria que como condición de ingreso a las áreas libres, áreas en peligro o de escasa prevalencia de la plaga, ejecución de inspecciones obligatorias a todo tipo vehículo de carga y transporte de pasajeros, público o privado, embalajes y materiales de acomodamiento, encomiendas y equipajes de pasajeros y tripulantes; Que, con el informe del visto, la Subdirección de Cuarentena Vegetal sustenta la necesidad de aplicar a nivel nacional la medida fi tosanitaria consistente en la inspección de frutos hospedantes de mosca de la fruta durante su movilización a través de los Puestos de Control Interno en cantidad no mayor a diez (10) kilogramos autorizándose su ingreso a un área reglamentada únicamente a los frutos que no presenten signos de la plaga de la mosca de la fruta, procediéndose al comiso y destrucción de aquellos infestados o con presencia de dicha plaga; Con la visación del Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, de la Directora General (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Desarrollo Institucional y de la Directora General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR como medida fi tosanitaria la aplicación en los Puestos de Control Internos del SENASA, la inspección de frutos hospedantes de la plaga moscas de la fruta en cantidades no mayores a diez (10) kilogramos, autorizándose su tránsito a las áreas reglamentadas únicamente a los frutos que no presenten signos de la plaga moscas de la fruta; aquellos con signos y/o infestación de la plaga serán comisados y destruidos. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DENYS PAUL MEZA CORNEJO Director General (e) Dirección de Sanidad Vegetal 2353505-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Asesora de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000199-2024- MIDIS San Isidro, 13 de diciembre del 2024VISTOS: El Memorando N° D000941-2024-MIDIS-SG de la Secretaría General; el Memorando N° D002562-2024-MIDIS-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° D000597-2024-MIDIS-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000037-2024-MIDIS-SG, se aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del MIDIS el cual contiene, de manera estructurada y detallada, la información correspondiente a los perfi les de puestos de la entidad considerados como cargos de confi anza, el cual ha sido actualizado mediante Resolución Jefatural N° D000136-2024-MIDIS-OGRH y Resolución Jefatural N° D000145-2024-MIDIS-OGRH; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000109-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del MIDIS y se declara iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del MIDIS de conformidad con el numeral 25.8 del artículo 25 de la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, denominada “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modifi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” y, posteriormente, mediante Resolución Jefatural N° D000153-2024-MIDIS-OGRH se aprueba la actualización del Cuadro N° 01 del Cuadro de Puestos de la Entidad del MIDIS; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° D000043-2024-MIDIS-SG, se aprueba la priorización de quince (15) puestos del Cuadro de Puestos de la Entidad del MIDIS a ser implementados en el 2024, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, que dispone que a la entrada en vigencia del Cuadro de Puestos de la Entidad, la Ofi cina de Recursos Humanos debe elaborar un listado de puestos y posiciones bajo el régimen del Servicio Civil que prioriza para la incorporación durante un año fi scal; Que, posteriormente, mediante Resolución de Secretaría General N.° 059-2024-MIDIS-SG, se aprueba la actualización del “Plan de Implementación para Puestos del Régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobado por Resolución de Secretaría General N° D000043-2024-MIDIS-SG, que contiene la priorización de diecisiete (17) puestos del Cuadro de Puestos de la Entidad del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) a ser implementados en el 2024; Que, a la fecha, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a de la Secretaría General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución de Secretaría General N° D000037-2024-MIDIS-SG, que aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, actualizada mediante la Resolución Jefatural N° D000136-2024-MIDIS-OGRH y mediante la Resolución Jefatural N° D000145-2024-MIDIS-OGRH; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000109-2024-SERVIR-PE