TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Martes 17 de diciembre de 2024 El Peruano / Barboza, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro ofi cial de registro. Artículo 3.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. AMÉRICO GUEVARA PÉREZ Rector JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ Secretario General 2354390-1 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscales en el Distrito Fiscal de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2848-2024-MP-FN Lima, 16 de diciembre de 2024 VISTOS:El ofi cio Nº 000886-2024-SG/JNJ, de fecha 20 de noviembre de 2024 y la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1346-2024-JNJ, de fecha 13 de noviembre de 2024, y; CONSIDERANDO:Mediante el ofi cio de vistos, cursado por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, secretario general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 20 de noviembre de 2024, se remite copias certifi cadas de la resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria Nº 004-2018-SN-REANUDACION/JNJ, concurso público para la selección y nombramiento de fi scales superiores – acceso abierto, por la cual se nombró al abogado William Enrique Arana Morales como fi scal superior titular penal de la Libertad del Distrito Fiscal de La Libertad. Sobre el particular, con fecha 19 de noviembre de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado William Enrique Arana Morales, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 029-2020-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2020, se resolvió entre otros, nombrar al abogado William Enrique Arana Morales, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de la Libertad, designándolo en el despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de La Libertad, con retención de su cargo de carrera; y, se dispuso la vigencia de su nombramiento y designación, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2250-2024-MP-FN, de fecha 14 de octubre de 2024. Con las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 181-2008-MP-FN y 4723-2018-MP-FN, de fechas 09 de febrero de 2008 y 31 de diciembre de 2018, respectivamente, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Ada Margoth Peñaranda Bolovich, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de La Libertad, con retención de su cargo de carrera; posteriormente, se dispuso la vigencia de su nombramiento y designación a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2250-2024-MP-FN, de fecha 14 de octubre de 2024.Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modifi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar al abogado William Enrique Arana Morales, en un despacho fi scal como fi scal superior conforme a su título de nombramiento expedido por la referida resolución; para lo cual previamente corresponde concluir su nombramiento y designación descritos en el tercer párrafo. Al respecto, a través del ofi cio Nº 003132-2024-MP- FN-PJFSLALIBERTAD, la abogada Lea Guayan Huaccha, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad informa que la plaza de fi scal superior de la Primera Fiscalía Superior Penal de La Libertad cuenta con código AIRHSP 0000485 y con disponibilidad presupuestal, en virtud a lo comunicado por el señor Wilmer Arriaga Salazar, jefe del Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de La Libertad, a través del ofi cio Nº 001210-2024-MP-FN-APH-LALIBERTAD; asimismo, señala que la plaza en mención viene siendo ocupada por la abogada Ada Margot Peñaranda Bolovich. Por lo tanto, se debe dar por concluido el nombramiento y designación de la abogada Ada Margot Peñaranda Bolovich, quien ocupa provisionalmente la plaza en el cargo de fi scal superior de la Primera Fiscalía Superior Penal de La Libertad, en la cual será designado el abogado William Enrique Arana Morales al ser nombrado por la Junta Nacional de Justicia. En consecuencia, atendiendo a que el nombramiento y designación de la abogada Ada Margot Peñaranda Bolovich, se efectuaron con retención de su cargo de carrera como fi scal adjunta superior titular, corresponde designarla en el despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de La Libertad, conforme a su título de nombramiento, en la plaza que quedará pendiente de ocupar tras la conclusión referida en el octavo párrafo. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N.° 052 y modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado William Enrique Arana Morales, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de la