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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / reglamentarias y el seguimiento y actualización de la información correspondiente a las Comisiones bajo su dependencia, así como de apoyar a las comisiones permanentes de coordinación y a las comisiones multisectoriales que dependen de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, adicionalmente, el literal f) de su artículo 67, señala como una de las funciones de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial, realizar la actualización de la información de las Comisiones Sectoriales y Multisectoriales del Poder Ejecutivo en el registro correspondiente, incluyendo las que dependen de la Presidencia del Consejo de Ministros, y efectuar el seguimiento respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Registro Unifi cado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) Créase el Registro Unifi cado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE), a cargo de la Subsecretaría de Coordinación Intersectorial de la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros, como herramienta informática única y de uso obligatorio por parte de las entidades del Poder Ejecutivo, que permite el registro de la información sobre la creación, instalación, funcionamiento y extinción de las comisiones sectoriales y multisectoriales del Poder Ejecutivo. El RUCPE se rige por las disposiciones previstas en los lineamientos aprobados por el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobación de Lineamientos Apruébese los “Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unifi cado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo”, el cual forma parte de la presente resolución como anexo. Artículo 3.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y establecer que los Lineamientos que aprueba sean publicados en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros: https:// www.gob.pe/pcm. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Implementación inicial del Registro Unifi cado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) El Registro Unifi cado de Comisiones del Poder Ejecutivo (RUCPE) se implementa con la información procedente del Registro Unifi cado de Comisiones Multisectoriales aprobado por la Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM y toda aquella que proceda en cumplimiento de los lineamientos aprobados por el artículo 2 del presente dispositivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Secretaria de la Secretaría de Coordinación Secretaría de Coordinación 2354968-1Aprueban Directiva N° 002-2024-PCM/ SGTD que regula el uso de la firma digital en las entidades públicas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL N° 007-2024-PCM/ SGTD Lima, 11 de diciembre de 2024 VISTO:El Informe N° D000074-2024-PCM/SSPRD/ACP, emitido por la Subsecretaría de Política y Regulación Digital de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional sobre la materia; Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector en materia de Gobierno Digital que comprende la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos. Dicta las normas y establece los procedimientos en dichas materias; Que, el numeral 91.4 del artículo 91 de la precitada norma, así como su Décima Tercera Disposición Complementaria Final, disponen que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, emite las normas sobre el uso de la fi rma digital por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, conforme a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyo Texto Integrado fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital es el órgano de línea con autoridad técnica-normativa a nivel nacional en materia de gobierno digital, confi anza digital y transformación digital, y tiene entre sus funciones, aprobar y supervisar el cumplimiento de normas técnicas, directivas, lineamientos, modelos, metodologías, procedimientos, protocolos, instrumentos, técnicas, estándares y demás disposiciones, en materia de su competencia; Que, en ese sentido, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, resulta necesario emitir la Directiva que regula el uso de la fi rma digital en las entidades públicas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyo Texto Integrado fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Directiva N° 002-2024-PCM/SGTD, Directiva que regula el uso de la fi rma digital en las entidades públicas (en adelante, la Directiva), la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aplicación La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco