Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de su competencia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras y una vez aprobadas las fi chas de homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de dicha Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, (en adelante, Reglamento de la Ley N° 30225), establece que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras; Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225, establece que la aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras; para lo cual se debe contar con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el Diario O fi cial El Peruano; Que, los numerales 7.5 y 8.13 de la Directiva N° 008- 2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000164- 2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, establecen que los ministerios elaboran la fi cha de homologación describiendo las características técnicas especi fi cadas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de cali fi cación, del requerimiento uniformizado por el ministerio en el ámbito de su competencia; y, con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización, respecto de la viabilidad del proyecto de fi cha de homologación, el ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, mediante resolución ministerial, la cual es publicada en el Diario O fi cial El Peruano; así como, señala que la resolución y la fi cha de homologación se remite a la citada Dirección el mismo día de publicada en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados” publicado en la sede digital de Perú Compras; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 142-2024-VIVIENDA, se aprueba la actualización del Plan de Homologación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS para el periodo 2024, que incluye -entre otros- el requerimiento a homologar del “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”, bajo la responsabilidad de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo - DGPRVU, en calidad de órgano responsable; Que, con el Decreto Supremo N° 074-2024-EF, se establecen los objetos que son homologados por parte de los ministerios respectivos en el Año Fiscal 2024, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo “Relación de ministerios, bienes y servicios para la homologación en el Año Fiscal 2024”, en el cual se encarga -entre otros- al MVCS la homologación del “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”; Que, asimismo, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 074-2024-EF, dispone que los ministerios respectivos conforman uno o más equipos técnicos que se encargan de elaborar los proyectos de fi chas de homologación de los bienes y servicios contenidos en el Anexo de la citada norma; y, el numeral 3.4 del citado artículo, establece que los ministerios aprueban las fi chas de homologación hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 192-2024-VIVIENDA, se conforman los Equipos Técnicos a cargo de los procesos de homologación de los bienes y servicios, referidos al MVCS, contenidos en el Anexo “Relación de ministerios, bienes y servicios para la homologación en el Año Fiscal 2024” del Decreto Supremo N° 074-2024-EF, siendo la DGPRVU el Coordinador del Equipo Técnico N° 1 encargado de la elaboración de la propuesta de la fi cha de homologación del “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”; Que, mediante los O fi cios N° D000150-2024- VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU y D000186-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU, la DGPRVU, solicita a Perú Compras opinión respecto a la viabilidad del proyecto de fi cha de homologación denominada “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”, para lo cual remite el Informe N° D00093-2024-VIVIENDA/VMVU-PMIB-0.4.2 del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, que sustenta el pedido efectuado precisando que se plantea uniformizar y/o estandarizar y/o homologar el requerimiento para la contratación del servicio de mantenimiento de pistas y veredas, a efectos de recortar el tiempo de elaboración de los términos de referencia y/o requerimientos técnicos mínimos, reducir las observaciones de los postores, tener mayor pluralidad de postores, establecer requerimientos concordantes con la naturaleza del servicio, esto con la fi nalidad de evitar que los procedimientos de selección queden desiertos o con profesionales con mucha probabilidad de ausencia real de participación en el proceso de contratación, permitiendo la transparencia e igualdad de trato; Que, con el O fi cio N° 000448-2024-PERÚ COMPRAS- JEFATURA, Perú Compras comunica a la Secretaría General del MVCS, entre otros, que: “(…), la Dirección de Estandarización y Sistematización (DES), mediante Informe N° 000245-2024-PERÚ COMPRAS-DES, señala que lo solicitado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS se ajusta a lo previsto en la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos”, por lo que emite opinión favorable, respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación siguiente: N° Código CUBSO Proyectos de Ficha de Homologación 1 72141003-00349728Servicio de mantenimiento de pistas y veredas En ese sentido, cumplo con hacer de su conocimiento la referida opinión favorable, con la fi nalidad de que su representada inicie el procedimiento de aprobación, según lo dispone el numeral 8.13 de la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS.”; Que, con el Memorando N° D00471-2024-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU, la DGPRVU remite el Informe Técnico Legal N° 00060-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU de la DUDU, mediante el cual sustenta y propone se expida la Resolución Ministerial que apruebe el proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”, elaborada por la DGPRVU en el marco de la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS; asimismo, señala que el proyecto de la citada fi cha de homologación cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras para su aprobación; Que, a través del Informe N° D00382-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225 y contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras, corresponde se expida la Resolución Ministerial que apruebe el proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”; Que, en consecuencia, corresponde expedir la Resolución Ministerial para la aprobación del proyecto de fi cha de homologación denominada: “Servicio de mantenimiento de pistas y veredas”, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano” y remitida a Perú Compras el mismo día de su publicación; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de