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61 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / presupuestalmente emitir la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 135 486,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Delamanid 50 mg tableta, necesario para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2019; Con el visado del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 007-2019, Decreto de Urgencia que declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 135 486,00 (CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Delamanid 50 mg tableta detallado en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, necesario para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle señalado en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas conforme a lo establecido en la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Acuerdo suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, bajo responsabilidad, información trimestral sobre los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), dispuestos por la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional, al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público de conformidad con lo establecido en la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2356457-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Delegan facultades y atribuciones en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 203-2024-TR Lima, 20 de diciembre de 2024 VISTOS: el Memorándum Nº 001570-2024-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Hoja de Elevación Nº 000699-2024-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias exclusivas y compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, así como las funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, la Secretaría General es el órgano de la alta dirección responsable de asistir y asesorar al/a la Ministro/a en los sistemas de administración del Ministerio y puede asumir por delegación expresa del/ de la Ministro/a, las materias que correspondan a éste/a que no sean privativas de su función de Ministro de Estado;