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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2024 El Peruano / Edifi caciones, aprobado con Resolución Jefatural Nº 016-2018-CENEPRED/J, desarrolla el marco teórico y conceptual para la ejecución de las inspecciones e identi fi ca los riesgos más frecuentes y severos que puedan presentarse en el EOI durante el desarrollo de la actividad económica, tales como: incendio, colapso estructural, electrocución, caídas, falla en equipos y estructuras de soporte, estampidas o aplastamiento por aglomeración, entre otros; Que, mediante Resolución Directoral Nº 00046-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, publicada el 17 de agosto de 2024 en el diario o fi cial El Peruano, la DGPRCS dispuso la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina nuevas profesiones afi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edifi caciones, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; Que, mediante el Informe Nº D00299-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS-DC, la DC consolida y evalúa los aportes, comentarios y sugerencias efectuadas a la propuesta normativa, así como detalla las acciones de coordinación sostenidas con los principales actores que han realizado comentarios a la propuesta normativa; recomendando la aprobación de diecinueve profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, las cuales constituyen carreras profesionales ofertadas por universidades licenciadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU cuya malla curricular a nivel de pregrado incluye el desarrollo de cursos cuyo contenido se relaciona con las actividades que realizan los inspectores técnicos de seguridad en edi fi caciones, en la veri fi cación de la implementación de las condiciones de seguridad y la evaluación de los riesgos más frecuentes y severos que puedan presentarse en el EOI; ello, a fi n de coadyuvar en la incorporación de profesionales al Registro Nacional de Inspectores Técnicos de Seguridad en Edi fi caciones (RITSE), el mismo que a la fecha cuenta con 2896 inspectores, cantidad insu fi ciente para cubrir la demanda a nivel nacional en la ejecución de las ITSE, a cargo de los 1891 gobiernos locales; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolución Directoral que determine profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, conforme a la propuesta de la DC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 064-2018-PCM; y la Resolución Ministerial Nº 106-2020-VIVIENDA, por la que se encargan funciones a diversos órganos del Ministerio; SE RESUELVE:Artículo 1.- Determinación de las profesiones afi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edifi caciones Determinar como profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones, las siguientes: 1. Arquitectura y urbanismo 2. Arquitectura y urbanismo ambiental3. Arquitectura, urbanismo y territorio 4. Arquitectura y diseño de interiores 5. Ingeniería ambiental y sanitaria.6. Ingeniería ambiental y seguridad industrial.7. Ingeniería civil ambiental8. Ingeniería de higiene y seguridad industrial9. Ingeniería de la energía/ Ingeniería en energía.*10. Ingeniería de mecánica de fl uidos. 11. Ingeniería de seguridad industrial y minera. 12. Ingeniería de seguridad y salud en el trabajo.13. Ingeniería eléctrica y de potencia. 14. Ingeniería electrónica y de telecomunicaciones/ Ingeniería electrónica y telecomunicaciones.* 15. Ingeniería en seguridad laboral y ambiental. 16. Ingeniería industrial y comercial.17. Ingeniería industrial y de sistemas. 18. Ingeniería mecatrónica. 19. Ingeniería química industrial. * Se considera a ambas carreras profesionales por corresponder a las denominaciones ofertadas por las universidades licenciadas. Artículo 2.- Determinación de nuevas profesiones afi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edifi caciones La Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, a propuesta de la Dirección de Construcción, evalúa, de manera permanente, otras carreras profesionales debidamente autorizadas por el sector competente, a fi n de determinar su incorporación como profesiones a fi nes al per fi l del inspector técnico de seguridad en edi fi caciones. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Director General Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento 2356017-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Autorizan la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado mediante la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000202-2024- INDECI/JEF INDECI San Isidro, 20 de diciembre del 2024VISTOS: El Informe Técnico Nº 000321-2024-INDECI/ OGPP, de fecha 18 de diciembre de 2024, emitido por la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000400-2024-INDECI-OGAJ, de fecha 19 de diciembre de 2024, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29664, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1587, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car los riesgos asociados a peligros, priorizar la prevención para evitar la generación de nuevos riesgos, reducir o minimizar sus efectos, así como, la preparación y