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43 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de diciembre de 2024 El Peruano / el país; y, a través de la Ordenanza N° 289-MDCH, se aprobó la adecuación y regulación del procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados al Distrito de Chaclacayo, acorde con la Ley N° 28976, Ley marco de licencia de funcionamiento; Que, por festejar las Fiestas Navideñas y de Fin de Año de 2024, resulta necesario ampliar el horario ordinario de funcionamiento de los establecimientos comerciales autorizados en el distrito de Chaclacayo, con la fi nalidad tomar acciones y medidas que permitan apalear la decreciente de los ingresos económicos de los diversos comercios que alberga nuestro pujante distrito; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORÍA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES AUTORIZADOS EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- AMPLIAR el horario ordinario de funcionamiento de los establecimientos comerciales autorizados en el distrito de Chaclacayo, de 07:00 a.m. a 02:00 a.m., durante las celebraciones de las Fiestas Navideñas y de Fin de Año 2024 del 20 al 31 de diciembre de 2024. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal a Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SERGIO ANTONIO BAIGORRIA SEAS Alcalde 2356342-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 06- 2024/MDV que aprueba el Programa de Vivienda Ventanilla – PROVIVE y establece otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2024/MDV-ALC Ventanilla, 16 de diciembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO:El Informe Nº 345-2024/MDV-GDUI-SGOPR de la Subgerencia de Obras Privadas, el Memorando Nº 1674-2024/MDV-GDUI de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, el Memorando Nº 3048-2024/MDV-GPLP de la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, el Informe Nº 3039-2024-MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Nº 325-2024/MDV-GPLP- SGPI de la Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones, el Informe Legal Nº 397-2024/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 14470 de la Gerencia Municipal, respecto a la emisión del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 06-2024/MDV; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 06-2024/ MDV de 10 de mayo de 2024, se aprueba el Programa de Vivienda Ventanilla – PROVIVE y establecen los procedimientos de Licencia de Edi fi cación – Modalidad A – para Vivienda Unifamiliar: En las modalidades de “Construcción en Sitio Propio”, “Mejoramiento de Vivienda”; regula los procedimientos de Licencia de Edifi cación – Modalidad B – para Vivienda Multifamiliar: “AVN”; “Conformidad de Obra sin variaciones” y “Conformidad de obra con variaciones”, vinculadas al Programa Techo Propio en el distrito de Ventanilla; con una vigencia establecida hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, el artículo 2 de la ordenanza municipal antes referida, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación, sea anticipando, prorrogando o levantando los efectos del presente instrumento normativo; Que, por medio del Informe Nº 345-2024/MDV-GDUI- SGOPR la Subgerencia de Obras Privada traslada a la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura la propuesta para la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 06-2024/MDV hasta el 31 de diciembre de 2025, la cual permitirá brindar apoyo y facilidades administrativas municipales a los propietarios bene fi ciarios del Bono Familiar Habitacional relacionados el Programa Techo Propio del Fondo MIVIVIENDA S.A, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; a su vez, solicita, remitir el presente expediente a la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, a fi n de que, se ejecuten las acciones correspondientes; Que, con el Memorando Nº 1674-2024/MDV-GDUI la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, traslada los actuados administrativos a la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto; Que, mediante el Memorando Nº 3048-2024/MDV- GPLP la Gerencia de Plani fi cación Local y Presupuesto, haciendo suya las conclusiones, traslada las opiniones técnicas emitidas por la Subgerencia de Presupuesto y Subgerencia de Plani fi cación e Inversiones a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para la emisión de la opinión legal correspondiente; concluyendo y considerando, entre otros lo siguiente: - Informe Nº 3039-2024-MDV/GPLP-SGP:- (…) Por lo expuesto, producto de la revisión efectuada a los actuados donde concluye que resulta necesario mantener el dispositivo legal local vigente mediante la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 06- 2024/MDV hasta el 31 de diciembre de 2025, asimismo (…) esta subgerencia precisa que en el caso resulte en una erogación de recursos presupuestales, estos se comprometerán con cargo al presupuesto asignado a la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura; por lo que se emite opinión favorable, para lo solicitado, con la fi nalidad de brindar apoyo y facilidades administrativas municipales a los propietarios bene fi ciarios del Bono Familiar Habitacional relacionados al Programa Techo