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33 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de diciembre de 2024 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que aprueba el Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 515-2024/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modi fi catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el artículo 15º inciso a), establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; en su artículo 38º establece que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, en concordancia con el precepto constitucional indicado, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, determinando en ese sentido, que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía administrativa para aprobar su organización interna, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, preceptúa que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas. El artículo 15º establece “aprobar modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, con fecha 12 de setiembre de 2011, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, la Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, que Aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, que consta de seis (06) Títulos, ciento veintiséis (126) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales; Que, la entrada en vigencia de la Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR determinó la “Derogatoria” de los siguientes cuerpos legales y sus modi fi catorias: “1) Ordenanza Regional Nº 003-2003/CR-RP; 2) Ordenanza Regional Nº 064-2005/GRP-CR; 3) Ordenanza Regional Nº 122-2007/GRP-CR”; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 460-2021/ GRP-CR, publicada el 29 de mayo de 2021; y Ordenanza Regional Nº 470-2022/GRP-CR, publicada el 19 de mayo de 2022, se aprobaron modi fi caciones al Reglamento Interno del Consejo Regional – RIC, del Gobierno Regional Piura; Que, con fecha 27 de febrero de 2024, se llevó a cabo la II Sesión de la Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización del Consejo Regional, donde el Presidente de la Comisión comunicó a los Consejeros Regionales integrantes de la misma, que se viene efectuando la revisión del Reglamento Interno del Consejo Regional, con la fi nalidad de formular “Propuestas” de modi fi cación legislativa a dicho cuerpo legal, con la fi nalidad de corregir errores materiales, así como crear nuevas “Comisiones Ordinarias”, a efecto de realizar de una manera más e fi ciente las funciones propias del Consejo Regional. En ese orden de ideas, se solicitó a la Secretaría del Consejo Regional, encargue al Equipo de Apoyo a Comisiones, una revisión exhaustiva del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente, aprobado por el Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, con la fi nalidad de elaborar una propuesta de modi fi cación legislativa de este cuerpo legal; Que, con Informe Nº 053-2024/CR-GRP-EACCR, de fecha 25 de julio de 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional concluye que es procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional de esta propuesta; y con Dictamen Nº 05-2024/GRP-CR-CCNALyD, de fecha 05 de diciembre de 2024; la Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización del Consejo Regional, recomienda la aprobación mediante Ordenanza Regional de la propuesta remitida; Que, corresponde la aprobación del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; toda vez, que se evidencia la necesidad de adecuar las disposiciones del Reglamento Interno del Consejo Regional a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 31812 – “Ley que modi fi ca la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el fi nanciamiento del ejercicio de la función fi scalizadora de los Consejos Regionales y Municipales, entre otras normas de carácter nacional”; todo esto con el fi n de fortalecer el ejercicio de su función, atribuciones y responsabilidades en su calidad de Consejeros Regionales; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 34-2024, de fecha 20 de diciembre de 2024, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, que consta de Seis (06) Títulos, Ciento Treinta y Uno (131) Artículos y Cinco (05) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales; cuyo documento forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, sus modi fi catorias, así como todos los Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- ENCARGAR a la Secretaría de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano”, y en el portal web institucional; precisándose que el Anexo que contiene el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura se publicará en el Portal Web institucional del Gobierno Regional Piura. Segunda.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- DIFIÉRASE la entrada en vigencia de los artículos 111, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123 y 124 hasta que se dé cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 104 del presente Reglamento. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación.