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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 164

164 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL y a la OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO el cumplimiento en todos sus extremos del presente Acuerdo y su remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO el cumplimiento del presente acuerdo de concejo, a la OFICINA GENERAL DE SECRETARÍA la publicacion del presente acuerdo de concejo en el diario o fi cial “El Peruano”, a la OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL y a la OFICINA GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES, la publicación del presente Acuerdo de Consejo en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de Los Olivos. Registrese, comuniquese y cumplase.LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA Alcalde 2357740-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en la playa Venecia y Barlovento del distrito de Villa El Salvador - Temporada Verano 2025 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ACUERDO DE CONCEJO N° 516 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 26 de diciembre de 2024, en uso de sus facultades normativas y lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen N° 243-2024-MML/CMAEO, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha adoptado el acuerdo siguiente: ACUERDO DE CONCEJO QUE RATIFICA LA ORDENANZA N° 513-MVES, QUE ESTABLECE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LA PLAYA VENECIA Y BARLOVENTO DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR - TEMPORADA VERANO 2025 VISTOS: el O fi cio N° D000023-2024-SAT-GGE del 11 de diciembre de 2024 de la Gerencia General del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 513- MVES que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en la playa Venecia y Barlovento del distrito de Villa El Salvador - temporada verano 2025, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de la Ordenanza N° 2386- 2021 que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobó la ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de rati fi cación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada; Que, a través del Informe N° D000104-2024-SAT- OAJ del 10 de diciembre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) opinó favorablemente respecto a la rati fi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, en las normas aplicables y la Directiva Nº 001-006-00000035-SAT, publicada el 26 de julio de 2024; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional; Que, la Ordenanza Nº 513-MVES, materia de ratifi cación, establece la tasa por estacionamiento vehicular que asciende a S/ 0.50 por 30 minutos; y de la evaluación técnica efectuada, se ha determinado que los ingresos fi nanciarán los costos por la prestación del servicio; Que, la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Gerencia Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental mediante Informes Técnicos N° D000903-2024-MML-GSCGA-SGA-DAVE y N° D000904-2024-MML-GSCGA-SGA-DAVE, ha emitido opinión favorable acerca de las condiciones de la habilitación de las playas, materia de ratifi cación; ACORDÓ:Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 513- MVES, que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en la playa Venecia y Barlovento del distrito de Villa El Salvador - temporada verano 2025, durante el periodo comprendido del 22 de diciembre de 2024 al 19 de abril de 2025, de lunes a domingo, en el horario de 10:00 a 18:00 horas, en la zona de estacionamiento de las playas: “Venecia”, con 77 espacios y “Barlovento”, con 85 espacios; con un total de 162 espacios, con una tasa exigible de S/ 0.50 por cada 30 minutos de prestación del servicio. Artículo Segundo.- El presente acuerdo rati fi catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza rati fi cada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe, así como del Informe N° D000104-2024-SAT-OAJ. Artículo Cuarto.- ENCA RGAR a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe. POR TANTO:Al promulgarlo, mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintiséis días de diciembre del dos mil veinticuatro. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde