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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2024 El Peruano / complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde ANEXO Nº 1 INFORME TÉCNICO TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LA PLAYA VENECIA Y BARLOVENTO DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR- TEMPORADA VERANO 2025 1. INTRODUCCIÓN Villa El Salvador es uno de los cuarenta y tres distritos que conforman la provincia de Lima, limitando por el norte con el distrito de San Juan de Mira fl ores, al este con el distrito de Villa María del Triunfo, al sur con el distrito de Lurín, al oeste con el distrito de Chorrillos y el Océano Paci fi co; que por tradición y costumbre recibe a miles de visitantes en sus playas durante la Temporada de Verano. La presencia de público en las playas de litoral de Villa El Salvador, conlleva también al Municipio a emprender acciones que permitan un aprovechamiento ordenado de los espacios públicos que utilizan los visitantes para el estacionamiento de vehículos, procurando reducir el impacto negativo en la colectividad, a través de la señalización de los espacios, el mantenimiento periódico de las zonas, la colocación de elementos informativos, el control del tiempo de mantenimiento y el cobro de los gastos que demanda el servicio. La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha declarado habilitada las playas Venecia y Barlovento, de acuerdo a la evaluación del expediente técnico presentado por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador para el año 2025, siendo estas las mismas, las que fueron establecidas en la Ordenanza rati fi cada por el año 2024. En tal sentido, tomando en cuenta la frecuencia del público en los diversos meses del año, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador ha determinado que el desarrollo de su servicio en el ejercicio 2025, constará de una (I) temporada, la que tiene una duración y el horario de servicio el siguiente: • Temporada Verano 2025: Que se inicia el 22 de diciembre de 2024 hasta el 19 de abril de 2025, de lunes a domingo, en el horario desde las 10:00 hasta las 18:00 horas. La cantidad de espacios disponibles para la prestación del servicio para la Temporada Verano - 2025, es como se aprecia en el siguiente cuadro: CUADRO N° 1 ESPACIOS DISPONIBLES POR TEMPORADA PLAYASESPACIOS DISPONIBLES TEMPORADA VENECIA 77 BARLOVENTO 85 TOTAL ESPACIOS 162 Asimismo, la cantidad de espacio disponible para el 2025 se ha determinado en 162, siendo este el mismo número de espacio que se considera en la Ordenanza ratifi cada N°499-MVES de fecha 30 de noviembre de 2023, vigente para la temporada 2024. 2. DETERMINACIÓN DEL COSTO DE SERVICIO De acuerdo a lo informado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, para la realización de las actividades que el municipio desarrollará durante la Temporada Verano 2025, en las playas del litoral señaladas en el Cuadro N° 1, se incurrirá en los siguientes gastos los cuales guardan correspondencia con los lineamientos planteados por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima (SAT), en su Directiva N° 001-006-00000035, publicada el 26 de julio de 2024. 2.1. COSTOS DIRECTOSComprende los Costos de Mano de Obra, Costos de Materiales, otros Costos y Gastos Variables y servicios de terceros, que participan directamente en la ejecución del servicio prestado por la Entidad. 2.1.1 Costo de Mano de ObraConstituye el costo por el pago de la retribución y/o honorarios del personal que ejecutará el servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las playas. Igualmente, señalamos que la modalidad de contratación a la cual estará sujeto el personal que interviene en la prestación del servicio, será bajo el Régimen de Contrato Administrativo de Servicio, Decreto Legislativo N° 1057 a plazo determinado (Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1057 modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31131 “ Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público” donde estable que: “El contrato administrativo de servicios es de tiempo indeterminado, salvo que se utilice para labores de necesidad transitoria o de suplencia”. Asimismo, la Subgerencia de la Unidad de Gestión de Recursos Humanas emite memorando N°883-2024- UGRH-OGA/MVES en el cual se calcula el costo del personal que prestará el servicio del parqueo Vehicular. CUADRO Nº 2 COSTO DE MANO DE OBRA EN TEMPORADA TEMPORADA COSTO DE MANO DE OBRA VERANO 2025 58,721.21 TOTAL S/ 58,721.21 Este rubro contiene los siguientes conceptos: o Cobrador: Personal debidamente identi fi cado, que cumplen las actividades de cobro de tasa y guiar a los conductores de los vehículos que ingresan a las zonas de estacionamiento que tienen una dedicación del 100%, y el número de cobradores varía respecto a la temporada y la playa en que se brinda el servicio, de acuerdo al siguiente cuadro: CUADRO N º 3 CANTIDAD DE COBRADORES Y UNIFORMES PLAYAS COBRADORES CANTIDAD DE UNIFORMES VENECIA 5 5 BARLOVENTO 2 2 TOTAL 7 7 Es importante tomar en cuenta que la Temporada Verano, implica el desarrollo de ocho (08) horas de servicio, razón por la cual se ha considerado un sólo turno. o Ayudantes: Personal debidamente identi fi cado, encargado de apoyar a los cobradores con guiar a los conductores de los vehículos que ingresan a la zona de estacionamiento y en coordinación con las áreas según corresponda, mantener la limpieza integral de los espacios habilitados para el estacionamiento. Asimismo, de la señalización y pintado de los espacios, mantenimiento de los banner y paneles. Los mismos que brindarán el servicio en un sólo turno, asimismo, el número de ayudantes varía de acuerdo a la playa en que se brinda el servicio, conforme se detalla a continuación: