TEXTO PAGINA: 37
37 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / En materia de Contabilidad y Tesorería 12.6. Designar a los/las responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL. Artículo 13.- Delegación de facultades en el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, las siguientes facultades: En materia de Gestión de Recursos Humanos 13.1. Emitir resoluciones que declaren la lesividad que causen las resoluciones emitidas por el Tribunal del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de su competencia. En materia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones 13.2. Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando éstos hayan sido declarados viables, en el marco de sus competencias, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y normas conexas. En el marco del Decreto Legislativo Nº 1192 13.3. Aprobar el valor total de la tasación y el pago, incluyendo el incentivo, para la adquisición de los inmuebles necesarios para la ejecución de las obras de infraestructura, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192. 13.4. Aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el inmueble y los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto Legislativo Nº 1192, a fi n de obtener la liberación de los inmuebles en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma. 13.5. Aprobar y suscribir los acuerdos a que se refi ere el numeral 5.2. del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1192. 13.6. Aprobar el valor de la compensación económica al que hace referencia el numeral 3.2 del artículo 3 y el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 003-2020, Decreto de Urgencia que establece Disposiciones Extraordinarias para la Adquisición y Liberación de Áreas Necesarias para el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad y el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios. En materia de Contabilidad y Tesorería 13.7. Designar a los/las responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO. Artículo 14.- Delegación de facultades en el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, las siguientes facultades: 14.1. Coordinar, gestionar y suscribir la constitución de servidumbres sobre predios y bienes inmuebles necesarios para el desarrollo de los proyectos de redes de infraestructura, que se encuentren a cargo del PRONATEL, y gestionar la inscripción registral correspondiente a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En materia de Gestión de Recursos Humanos14.2. Emitir resoluciones que declaren la lesividad que causen las resoluciones emitidas por el Tribunal del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el ámbito de su competencia. En materia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones 14.3. Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando éstos hayan sido declarados viables, en el marco de sus competencias, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y normas conexas. En el marco del Decreto Legislativo Nº 1192 y el Decreto de Urgencia Nº 041-2019 14.4. Conducir, supervisar y realizar las acciones necesarias respecto a los procesos de adquisición, expropiación, pago de mejoras, transferencia interestatal de los predios y bienes inmuebles y liberación de interferencias, que resulten necesarias para la ejecución del proyecto “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”. 14.5. Aprobar el valor total de la tasación, que incluye el incentivo correspondiente y, el pago, por la adquisición de los predios y bienes inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de Redes e Infraestructura de Telecomunicaciones en el ámbito de competencia y/o administración del PRONATEL y de la “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro” de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1192. 14.6. Aprobar el valor de tasación y el pago de las mejoras encontradas en los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de Redes e Infraestructura de Telecomunicaciones a cargo del PRONATEL, así como de la “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”; así como los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 el Decreto Legislativo Nº 1192, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada norma. 14.7. Imponer servidumbres forzosas en el marco de lo establecido por la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1192 y normas conexas, para los proyectos de redes e infraestructura de telecomunicaciones en el ámbito de competencias y/o administración del PRONATEL y de la “Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica: Cobertura Universal Norte, Cobertura Universal Sur y Cobertura Universal Centro”. 14.8. Establecer servidumbres en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1559, para los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025 (PNISC) a cargo de PRONATEL. 14.9. Suscribir convenios, adendas, acuerdos, actas y otros documentos necesarios para la ejecución de encargo, entre otros, con entidades públicas y/o privadas, para la liberación de interferencias vinculadas, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1192 y normas conexas. Lo establecido en el presente numeral es de aplicación inmediata a los procedimientos en trámite sobre adquisición, pago de mejoras, liberación de interferencias y transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, para la ejecución de obras de infraestructura conforme a su estado.