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39 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / el mismo día de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2357808-1 Amplían, para el año 2025, la vigencia de las características y especificaciones de la Calcomanía Oficial y del Papel de Seguridad aprobados para el año 2024 mediante Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 037-2024-MTC/18 Lima, 19 de diciembre de 2024. VISTO: El Informe Nº 1251-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar, entre otros, los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, en el marco del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC, se emitieron diferentes disposiciones que regulan, entre otros, las actividades de conversión de los vehículos a Gas Licuado de Petróleo, en adelante GLP, y a Gas Natural Vehicular, en adelante GNV; las actividades de modifi cación, montaje y fabricación respecto a los vehículos; así como las actividades de inspección técnica vehicular; Que, en tal sentido, el numeral 5.6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversión a GLP”, aprobada por Resolución Directoral Nº 14540- 2007-MTC/15, elevada a rango de Decreto Supremo por el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 022-2009- MTC; establece como una de las obligaciones de dichas Entidades Certifi cadoras, el suministrar los dispositivos de control de carga (electrónicos, calcomanías u otros), previamente aprobados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, destinados a su colocación a los vehículos a GLP que hayan sido debidamente certifi cados; Que, asimismo, el numeral 5.6.2 de la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15 “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, elevada a rango de Decreto Supremo por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; dispone como una de las obligaciones de dichas Entidades Certifi cadoras, el suministrar los dispositivos de control de carga (electrónicos, calcomanías u otros), previamente aprobados por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, destinados a su colocación a los vehículos con sistema de combustión de GNV que hayan sido debidamente certifi cados; Que, igualmente, la Directiva Nº 002-2002-MTC/15 “Emisión de Certifi cados de Conformidad: Autorización, Procedimientos y Requisitos Técnicos”, aprobada por Resolución Directoral Nº 1573-2002- MTC/15, tiene como objetivos, establecer el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas con la fi nalidad de ser autorizadas para la emisión de los Certifi cados de Conformidad de Modifi cación, Montaje y Fabricación; así como, establecer el procedimiento a través del cual las personas jurídicas autorizadas para emitir el Certifi cado de Conformidad de Modifi cación, Montaje y Fabricación, efectuará la inspección técnica del vehículo y, de ser el caso, emitirán dichos Certifi cados; Que, además, de acuerdo a lo establecido en el numeral 10.2 del artículo 10 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, las características y especifi caciones técnicas de la Calcomanía Ofi cial de Inspección Técnica Vehicular, entre otros, es aprobada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos anteriores, mediante Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18 se aprobó para el año 2024, las características y especifi caciones técnicas de: i) la Calcomanía Ofi cial de GLP, así como del Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GLP y del Certifi cado de Inspección Anual del Vehículo a GLP; ii) la Calcomanía Ofi cial de GNV, así como del Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GNV y del Certifi cado de Inspección Anual del Vehículo a GNV; iii) el Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje; iv) la Calcomanía Ofi cial de Inspección Técnica Vehicular, así como del Papel del Certifi cado de Inspección Técnica Vehicular; Que, teniendo en cuenta que ya se encuentra próxima a vencer la vigencia de las características y especifi caciones técnicas de las Calcomanías y de los Papeles de Seguridad correspondientes al año 2024, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, a través del Informe Nº 1251-2024-MTC/18.01, sustenta y propone ampliar para el año 2025 la vigencia de las características y especifi caciones técnicas de los mencionados instrumentos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliación de la vigencia de las características y especifi caciones de la Calcomanía Ofi cial y del Papel de Seguridad aprobados para el año 2024 1.1 Ampliar, para el año 2025, la vigencia de las siguientes disposiciones: a) Las características y especifi caciones técnicas de la Calcomanía Ofi cial de Gas Licuado de Petróleo - GLP, contenidas en el Anexo I de la Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18. b) Las características y especifi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GLP y del Certifi cado de Inspección Anual del Vehículo a GLP, contenidas en el Anexo II de la Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18. c) Las características y especifi caciones técnicas de la Calcomanía Ofi cial de Gas Natural Vehicular - GNV, contenida en el Anexo III de la Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18. d) Las características y especifi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad del Vehículo con Combustión de GNV y del Certifi cado de Inspección Anual del Vehículo a GNV, contenidas en el Anexo IV de la Resolución Directoral Nº 023-2023-MTC/18. e) Las características y especifi caciones técnicas del Papel de Seguridad del Certifi cado de Conformidad de Modifi cación, Fabricación y Montaje, contenidas en