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26 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2024 El Peruano / b) Ejecutar físicamente los proyectos de inversión y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR). c) Elaborar y aprobar la liquidación y cierre de los proyectos de inversión y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR), conforme a la normativa de la materia. 1.3. En materia administrativa y de gestión:a) Representar al PRONACEJ ante las diferentes entidades públicas, como la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP - SBS, Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, Gobiernos Locales, Regionales, Ministerios, Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y demás entidades públicas y privadas, con la fi nalidad de suscribir la documentación para el trámite, procedimiento y/o actividad de acuerdo al ámbito de su competencia y atribuciones que resulte necesario para el mejor desarrollo de la gestión administrativa y en benefi cio del objetivo del PRONACEJ. b) Ejercer la representación del PRONACEJ ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT. c) Reconocer el pago por enriquecimiento sin causa, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan. El reconocimiento de los adeudos se formalizará mediante Resolución, contando previamente con el Informe del Área Usuaria, el Informe Técnico de la Subunidad de Abastecimiento y el Informe legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. d) Emitir los actos de administración interna y efectuar los trámites referidos a la disposición, adquisición y administración de bienes estatales, conforme a las normas vigentes sobre la materia. e) Emitir las resoluciones de baja y alta de los bienes muebles del PRONACEJ. f) Aprobar, modifi car y dejar sin efecto las directivas u otras normas en materia administrativa que requiera el PRONACEJ para su funcionamiento, previa opinión técnica de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la opinión legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. 1.4. En materia Contable y Presupuestal:a) Suscribir, modifi car y resolver, en representación del PRONACEJ, los contratos y convenios con las entidades fi nancieras, que estén relacionados con el manejo de cuentas del PRONACEJ, incluidas sus respectivas adendas. b) Aprobar directivas internas para la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento, previa opinión técnica de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la opinión legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. Artículo 2.- . Delegar en el jefe de la Subunidad de Abastecimiento las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. En materia de contrataciones del estado:a) Suscribir y resolver contratos y/u órdenes de compra y/o servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT y sus adendas, así como las que resulten de las contrataciones por Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco, según corresponda. b) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas, en el marco de lo dispuesto en la normatividad de contrataciones del Estado y de regímenes especiales de contratación pública, con independencia de su régimen legal de contratación, respecto de bienes, servicios, ejecución y/o consultoría de obras; así como, aprobar y autorizar el pago de los mayores gastos generales que se podrían generar de dichas ampliaciones de plazo. c) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/o órdenes de compra y/o servicio por las prestaciones de bienes, servicios u obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT, así como las que resulten de las contrataciones por Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco, según corresponda. d) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestaciones que soliciten, en el marco de las contrataciones del Estado y de las contrataciones de montos iguales o inferiores a ocho (8) UIT. e) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modifi catorias, en el marco de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios, y Obras”, o la que haga sus veces. f) Aprobar el formato de Aprobación de Expediente de Contratación para contrataciones por Catálogo de Acuerdo Marco de cuantías iguales o inferiores a ocho (8) UIT, para lo cual deberá adecuar el formato. g) Aprobar el formato de Aprobación de Expedientes de Contratación para la realización de los procedimientos de selección, y en el caso de contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, sólo para cuantías superiores a ocho (8) UIT. h) Autorizar el Anexo 03 de elección de proveedor establecido en las Reglas Estándar de Catálogo Acuerdo Marco hasta la cuantía de igual o inferior a ocho (8) UIT. i) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado. j) Suscribir las Actas de Entrega y Recepción de los bienes muebles e inmuebles efectuadas por o a favor del PRONACEJ. k) Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección en cualquier momento previo a la adjudicación de la Buena Pro. l) Aprobar solicitudes de adelantos presentados por los contratistas, en el marco de la normativa de contrataciones del Estado. m) Aplicar las penalidades al contratista que incumpla las obligaciones a su cargo, deduciéndolas de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago fi nal o en la liquidación fi nal, según corresponda; o, de ser necesario, del monto resultante de la ejecución de la garantía de fi el cumplimiento; en el marco de las contrataciones derivadas de procedimientos de selección de adjudicación simplifi cada y comparación de precios. n) Declarar la pérdida de la Buena Pro de los procedimientos de selección, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y de su Reglamento. o) Aprobar las solicitudes de no aplicación de penalidades por mora, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, previa opinión del área usuaria. 2.2. En materia administrativa y de gestión: a) Realizar, en representación del PRONACEJ, todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos reales del PRONACEJ sobre bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho u acto susceptible de inscripción; incluyendo, la modifi cación y rectifi cación de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. Artículo 3.- Delegar en el jefe de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos las siguientes facultades y atribuciones: a) Expedir resoluciones y resolver acciones del personal del PRONACEJ para la celebración de contratos, acciones de desplazamiento de personal CAS (excepto designación temporal en cargos de confi anza), modifi caciones contractuales, encargo de funciones (excepto cargos de confi anza), suplencias, licencias, aceptación de renuncia (excepto los cargos de confi anza),