Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2024 (21/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 21 de enero de 2024 El Peruano / consta de 60 Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, conforme a los anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna – ZOFRATACNA la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 009-2015-CR/GOB.REG.TACNA que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comité de Administración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna - TUPA ZOFRATACNA 2015; y su modi fi catoria la Ordenanza Regional Nº 011-2017-CR/ GOB.REG.TACNA. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; concordante con el artículo 20 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP. Asimismo, los anexos se difundirán en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. MANUEL ISAÍAS MORI MAMANI PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 28 de marzo de 2023. LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2254591-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban incorporación y modificación de Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE 2023 de la Municipalidad de La Molina RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 670-2023/MDLM-GM La Molina, 30 de diciembre de 2023EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO; El Memorándum N° 636-2023-MDLM-GDHE, de fecha 20 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, el Informe Nº 1085-2023-MDLM-GAF-SCC, de fecha 28 de diciembre de 2023 de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, el Informe Nº 296-2023-MDLM-GPPDI-SPIME de fecha 29 de diciembre de 2023 de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, el Informe Nº 203-2023-MDLM-GPPDI de fecha 29 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 286-2023-MDLM-GAJ de fecha 30 de diciembre de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido a la aprobación del proyecto de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos- TUSNE, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modi fi cado por la Ley N° 30305-Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4, del artículo 43º, del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que; para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 413-2023/MDLM-GM, de fecha 27 de Octubre del 2023, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos-TUSNE de la Municipalidad de La Molina, el mismo que deja sin efecto las Resoluciones de Alcaldía N° 228-2015 de fecha 30 de Junio del 2015, Nº 278-2016 de fecha 01 de Septiembre del 2016, N° 366-2016 de fecha 24 de Noviembre del 2016 y N° 014-2018 de fecha 15 de Enero del 2018, así como con las Resoluciones de Gerencia Municipal N° 80-2020-MDLM-GM, de fecha 15 de Marzo del 2020 y Nº 98-2020-MDLM-GM, de fecha 09 de Junio del 2020; Que, mediante Ordenanza N° 0441/MDLM, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 28 de diciembre de 2023, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, la cual consta de dos (02) títulos, siete (07) capítulos y cien (100) artículos; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos quinto y sexto de la precitada Ordenanza, se encarga a la Gerencia Municipal disponer la implementación de las modi fi caciones aprobadas y a la Gerencia Municipal a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la adecuación de los instrumentos de gestión que lo requieran, en el término de sesenta (60) días hábiles a partir de la publicación de la Ordenanza; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26° literal p), del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, es función de la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, Coordinar y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos en materia organizacional (ROF), de procedimientos administrativos (TUPA), y del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), conforme la normativa de la materia; Que, mediante Memorándum N° 636-2023-MDLM- GDHE, de fecha 20 de diciembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación, remite las propuestas de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo y de la Subgerencia de Integración, Deporte y Bienestar Social, a la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado;