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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (07/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de febrero de 2024 El Peruano / de Ucayali, fue elaborado por la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la misma que debe ser aprobado mediante Acuerdo Regional, conforme lo establece la Ley N° 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el numeral 31.3. del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440-Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Que, el artículo 35° de la Ley N° 27783-Ley de Bases de la Descentralización, concordante con el artículo 10° numeral 1 literal c) establece, como uno de las competencias exclusiva de los Gobiernos Regionales, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, mediante Informe N° 084-2023-GRU-GGR- GRPP, de fecha 22 de diciembre de 2023, elaborado por el CPC Peter Matos Chino-Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, señala que, el Presupuesto Institucional de Apertura-PIA 2024, tiene por misión institucional; conducir y organizar la gestión pública regional orientada a la población vulnerable del Departamento de Ucayali con efectividad y transparencia, con ello el cumplimiento de los indicadores de competitividad Regional de Ucayali, metas físicas y presupuestarias vinculadas a los Programas Presupuestales, Categorías Presupuestales, para garantizar la calidad del gasto público. Finalmente, el Decreto Legislativo N° 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, numeral 31.3 del artículo 31°, el Presupuesto Institucional de Apertura-PIA 2024 del Pliego 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, es por S/ 1,568’239,354.00 (Mil Quinientos Sesenta y Ocho Millones Doscientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro y 00/100 soles), y que se debe aprobar mediante Acuerdo Regional, cuya promulgación se realiza a mas tardar al 31 de diciembre del año fiscal anterior a su vigencia. Que, mediante Informe Legal N° 0246-2023-GRU- GGR-ORAJ/RAB, de fecha 22 de diciembre de 2023, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, señala que, el Presupuesto Institucional de Apertura es un instrumento operativo de corto plazo en el cual se asignan recursos públicos, se cuanti fi ca los ingresos y egresos para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales a través de la ejecución de actividades y proyectos. Finalmente concluye: Remita al Consejo Regional de Ucayali, por intermedio de la Gobernación Regional, el Presupuesto Institucional de Apertura-PIA Año Fiscal 2024 del Gobierno Regional de Ucayali. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o Institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre de 2023, celebrada de manera mixta (presencial y virtual) desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460-Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA-PIA 2024 del Pliego 462 Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, por S/ 1,568’239,354.00 (Mil Quinientos Sesenta y Ocho Millones Doscientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro y 00/100 soles), la distribución por Fuentes de Financiamiento corresponde: 67.17% a Recursos Ordinarios; 0.49% a Recursos Directamente Recaudados; 0.14 Donaciones y Transferencias; y, 32.19% a Recursos Determinados.Artículo Segundo.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para los fi nes pertinentes Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del Presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN PresidenteConsejo Regional 2248985-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que crea el Programa de Voluntariado de la Municipalidad de Pueblo Libre ORDENANZA N° 616-MPL Pueblo Libre, 22 de diciembre de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO, en Sesión ordinaria de la fecha, estando en uso de las facultes indicadas en el numeral 8 del artículo 9; así como, el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA, la Gerencia de Diseño, Innovación y Desarrollo Sostenible y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal de la Municipalidad de Pueblo Libre, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y del trámite de aprobación del acta; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL PROGRAMA DE VOLUNTARIADO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE TÍTULO ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. - ÁMBITO El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza, comprende a toda labor o actividad de voluntariado