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91 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de febrero de 2024 El Peruano / de línea se pueda incorporar cifras estadísticas de autoidenti fi cación étnica como herramientas de gestión para garantizar la prestación de servicios públicos con pertinencia cultural, a fi n de visibilizar y atender en el cierre de brechas que podrían afectar a las mujeres indígenas u originarias. Artículo Quinto.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 27 días del mes de noviembre del año 2023. ALFREDO UCHARICO URUCHI Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 28 días del mes de noviembre del año 2023 RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2243899-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Derogan la Ordenanza Regional N° 014-2017-GRU-CR, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional y disposiciones que se opongan o limiten su aplicación CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL N° 020-2023-GRU-CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Gobierno Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a ley; Que, el Numeral 1.1 del Artículo 1 de la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del Ciudadano; Que, el Literal b) del Numeral 7.1 del Artículo 7 del Decreto Supremo 123-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, determina que la calidad en las regulaciones tiene como propósito que, la regulación sea un instrumento para alcanzar un objetivo de la política pública, adoptando la decisión de regular basada en evidencia, racionalidad, evaluación de sus posibles impactos y cargas administrativas, con la fi nalidad de generar y facilitar el desarrollo integral y bienestar social; Que, la implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 aprobada mediante Decreto Supremo 103-2022-PCM, de fecha 27 de agosto de 2022, determina mejorar la gestión interna en las entidades públicas y fortalecer la mejora continua en el Estado. En ese sentido, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional, que será aprobado mediante Decreto Regional; Que, el Acuerdo Regional N°153-2023-GRU-CR, de fecha 25 de julio de 2023, dentro de su contenido se encuentra el Dictamen N° 002-2023-GRU-CR-CPyP, en ella indica que el artículo 22° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, expresa que, los actos de gobierno del Presidente Regional (gobernador) se ejecutan mediante Decretos Regionales, además dictaminó lo siguiente: Artículo Segundo: Recomendar al área usuaria, impulse la propuesta de derogatoria de la Ordenanza Regional N°014-2017-GRU-CR, de fecha 02 de agosto de 2017, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional; Que, el Artículo 102° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2021-GRU-CR, de fecha 30 de diciembre de 2021, establece que las proposiciones de Ordenanzas Regionales, deben contener obligatoriamente: Exposición de motivos, Costo bene fi cio, Efecto de vigencia de la norma y Formula legal; Que, el Literal a) del Artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 002-2018-GRU-CR, de fecha 23 de mayo de 2018, precisa que, una de sus atribuciones del Consejo Regional es aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Informe N° 057-2023-NAVM, de fecha 19 de setiembre de 2023, la Economista Neysiluz Alyson Vela Macedo-Profesional de Plani fi cación de la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, recomienda: Iniciar el trámite ante el Consejo Regional para la Derogación de la Ordenanza Regional N° 014-2017-GRU-CR, que aprueba el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional; Que, mediante Informe N° 016-2023-GRU-GGR- GRPP-SGPE-LLS, de fecha 26 de octubre de 2023, la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, recomienda: i) El Gobernador Regional gestione el trámite ante el Consejo Regional para la aprobación mediante Ordenanza Regional de la Derogación de la Ordenanza Regional N° 014-2017-GRU-CR, que aprobó el Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional; Que, mediante Informe Legal N° 074-2023-GRU- GGR-ORAJ/TTC, de fecha 10 de noviembre de 2023, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, Recomienda: En cumplimiento a la recomendación del Consejo Regional y estando a la petición del área usuaria, es procedente Derogar la