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42 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / VISTO: El o fi cio Nº 209-2024-SG/JNJ, suscrito por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, Secretario General de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General del Ministerio Público, el 16 de febrero de 2024, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 237-2024-JNJ, de fecha 14 de febrero de 2024. CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria Nº 010-2021-SN/JNJ, se nombró a Fiscales Superiores Penales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro. Con fecha 16 de febrero de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, al abogado Reyder Henry Ramírez Salazar. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. A través del o fi cio Nº 191-2024-MP-FN-GG- OGPOHU, la O fi cina General de Potencial Humano, ha manifestado que tres (03) plazas de fi scal superior pueden ser utilizadas para fi scales superiores penales del distrito fi scal de Lima Centro, señalando la siguiente información:Cuadro N°4 - Plazas superiores penales de Lima - Distrito Fiscal de Lima Centro Código AIRHSPEstado actualSituación actual AIRHSPCargo EstructuralEspecialidadDistrito Fiscal Propuesto 018053 VACANTE VACANTEFISCAL SUPERIORPENALLIMA CENTRO 023851 VACANTE VACANTEFISCAL SUPERIORPENALLIMA CENTRO 023895 VACANTE VACANTEFISCAL SUPERIORPENALLIMA CENTRO El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de visto, asignársele el código AIRHSP señalado en la tercera fi la del cuadro precedente, que pertenece a una plaza de Fiscal Superior creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021. Asimismo, estando a la necesidad de servicio, debe emitirse el acto resolutivo correspondiente, para lo cual deberá darse por concluido los nombramientos y designaciones respectivos. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del abogado Reyder Henry Ramírez Salazar, Fiscal Provincial Titular Penal de Huamanga, Distrito Fiscal de Ayacucho, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamanga, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3153-2015-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2015. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Miguel Cuya Berrocal, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como la prórroga de la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 1659-2023-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 06 de julio y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Sugey Edith Huamán Skrlec, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como la prórroga de la vigencia de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2060-2023-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 18 de agosto y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Shirley Melissa Huarancay Osorio, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como la vigencia de los mismos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 062-2024-MP-FN, de fecha 09 de enero de 2024. Artículo Quinto .- Designar al abogado Reyder Henry Ramírez Salazar, Fiscal Superior Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Sexto .- Designar al abogado José Miguel Cuya Berrocal, Fiscal Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada (Supraprovincial – Corporativo), con Competencia Nacional, en el Despacho