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55 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / N°Código AIRHSPSituación actual AIRHSPCargo EstructuralEspecialidadDistrito Fiscal Propuesto 14 021172 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENAL LIMA CENTRO 15 021178 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENAL LIMA CENTRO El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de visto, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al fi scal titular nombrado, a quien se le asignará el código AIRHSP señalado en el numeral 9 del cuadro precedente, en una plaza fi scal conforme a su título de nombramiento, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente la plaza fi scal señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Carlos Silva Alanya, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 1896-2022-MP-FN y 3505-2023-MP-FN, de fechas 07 de septiembre de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Luis Delgado Pedroza, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2680-2022-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 15 de diciembre de 2022 y 15 de diciembre de 2023, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Tercero.- Designar al abogado Juan Carlos Silva Alanya, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Cuarto.- Disponer que la designación señalada en el artículo precedente, tenga vigencia a partir de la fecha de la toma de posesión de cargo y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2264023-12Designan fiscales en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 497-2024-MP-FN Lima, 21 de febrero de 2024VISTO: El ofi cio Nº 209-2024-SG/JNJ, suscrito por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, Secretario General de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 16 de febrero de 2024, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 239-2024-JNJ, de fecha 14 de febrero de 2024. CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria Nº 010-2021-SN/JNJ, se nombró a Fiscales Provinciales Penales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro. Con fecha 16 de febrero de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, al abogado Diego Adolfo Mauricio Torres. A través, de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, se crearon, entre otros, una (01) plaza de Fiscal Provincial, la misma que fue asignada de manera temporal a la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 040-2023-MP-FN, de fecha 07 de enero de 2023, siendo que la vigencia de la asignación se encuentra prorrogada hasta el 30 de junio de 2024, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 3503-2023-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2023, plaza fi scal que por su naturaleza puede ser asignada a otro despacho fi scal, en virtud a la necesidad de servicio y de acuerdo a disposición del Despacho de la Fiscalía de la Nación. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal.