TEXTO PAGINA: 56
56 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. A través del o fi cio Nº 191-2024-MP-FN-GG- OGPOHU, la O fi cina General de Potencial Humano, ha manifestado que quince (15) plazas de fi scal provincial pueden ser utilizadas para fi scales provinciales penales del distrito fi scal de Lima Centro, señalando la siguiente información: Cuadro N° 3 - Plazas vacantes provinciales penales de Lima - Distrito Fiscal de Lima Centro N°Código AIRHSPSituación actual AIRHSPCargo EstructuralEspecialidadDistrito Fiscal Propuesto 1 015345 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 2 015415 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 3 017825 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 4 017871 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 5 017884 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 6 017902 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 7 021073 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 8 021102 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 9 021142 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 10 021152 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 11 021166 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 12 021169 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 13 021171 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 14 021172 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO 15 021178 VACANTEFISCAL PROVINCIALPENALLIMA CENTRO El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de visto, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al fi scal titular nombrado, a quien se le asignará el código AIRHSP señalado en el numeral 10 del cuadro precedente, en una plaza fi scal conforme a su título de nombramiento, para lo cual deberá darse por concluida la designación del personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza citada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, a quien se le deberá designar en un despacho fi scal de acuerdo a su título de nombramiento; asimismo, deberá darse también por concluido al personal fi scal que ocupa provisionalmente la plaza de Fiscal Adjunto Provincial correspondiente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Diego Adolfo Mauricio Torres, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huaura, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Huaura, así como la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.ros 2824-2023-MP-FN y 3530-2023-MP-FN, de fechas 27 de octubre y 18 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Giselle Isabel Callalli Campana, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima Este, Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, así como la vigencia de su designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 022-2024-MP-FN, de fecha 04 de enero de 2024. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Gloria Amelia Sánchez Calderón, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita, así como la vigencia de su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 434-2024-MP-FN, de fecha 15 de febrero de 2024, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto.- Designar al abogado Diego Adolfo Mauricio Torres, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Artículo Quinto.- Designar a la abogada Giselle Isabel Callalli Campana, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima Este, Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita. Artículo Sexto.- Disponer que la designación señalada en el artículo cuarto, tenga vigencia a partir de la fecha de la toma de posesión de cargo y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.° 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huaura, Lima Centro y Lima Este, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2264023-13